¿Qué pasó con el parque solar riojano?

Las tres campanas del conflicto: empresa, provincia y Nación.
lunes, 18 de septiembre de 2017 16:07
lunes, 18 de septiembre de 2017 16:07

La justicia riojana paralizó el avance del parque solar de Nonogasta desarrollado por la empresa 360Energy, que ganó la licitación del Programa RenovAr que impulsa el Gobierno, por un amparo del diputado nacional Luis Beder Herrera, con el argumento de que “limitará la capacidad de explotación futura del sol por parte de la provincia”.

Postura de la empresa: “La construcción del Parque Solar Nonogasta se encuentra paralizada como consecuencia de una medida cautelar dictada por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja originada en una presentación de la Fiscalía de Estado de la provincia y el diputado nacional Luis Beder Herrera”, indicó 360Energy a través de un comunicado. La empresa señaló que “la fiscalía y Beder Herrera cuestionan que el gobierno provincial haya autorizado la futura conexión del parque solar a la línea de alta tensión de 132KV La Rioja-Nonogasta y que el parque solar utilice la radiación solar porque alegan que limitará la capacidad de explotación futura del sol por parte de la provincia”. 

Postura de Beder Herrera: Por su parte, Beder Herrera, quien fue gobernador de la provincia entre 2008 y 2015, acusó a la empresa de buscar “enriquecerse con un recurso natural de la provincia” y cuestionó al gobierno nacional por haber otorgado la licitación, sin que haya regalías previstas a La Rioja. 

Postura de Nación: En atención a la causa judicial, por la que se ordenó la paralización de la conexión y la construcción del Parque Solar Nonogasta, que se desarrolla en el marco del Programa RenovAr, y a las declaraciones efectuadas a posteriori en algunos medios por los actores, el Ministerio de Energía y Minería de la Nación consideró oportuno realizar las siguientes consideraciones. En primer término, debe aclararse que en la citada causa se cuestionó la validez de un acto administrativo provincial, relativo a la autorización de conexión del parque a la red de Alta Tensión. A su vez, es necesario mencionar que, contrariamente a lo señalado en algunos medios, no se ha planteado en el proceso administrativo o judicial una exigencia de pago de regalías ni conceptos similares por el uso del recurso solar.
Por otro lado, se aclara expresamente que la decisión de los actores, tomada el 11 de septiembre, de desistir de su demanda, solicitando el levantamiento de la medida cautelar, no tiene como contrapartida compromiso de obras ni beneficio alguno a favor de la provincia por parte del Estado Nacional.
Por último, debe destacarse que el Programa RenovAr procura la instalación de proyectos de generación eléctrica de fuente renovable en todo el país, en estricto cumplimiento de la Ley N° 27.191.  Esta ley brinda un marco normativo sólido y confiable para la inversión previendo, entre otros aspectos, la no aplicación de regalías por el uso de los recursos naturales renovables en las provincias que adhieran a ella. A la fecha, 17 jurisdicciones –entre ellas, la propia provincia de La Rioja, mediante la Ley provincial N° 9.818–, han adherido a la Ley N° 27.191.

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