“Derecho a réplica”

jueves, 21 de septiembre de 2017 00:00
jueves, 21 de septiembre de 2017 00:00

Sr. Director

Por la presente me dirijo a Usted a los efectos de solicitarle quiera tener a bien, publicar la nota que acompaño, haciendo uso de mi derecho a réplica.


Aunque no forme parte de mi accionar en el ejercicio de la función pública como jefe del 11º Distrito Catamarca de la Dirección Nacional de Vialidad, me veo en la obligación de responder los nuevos y reiterados agravios lanzados gratuitamente en mi contra por el Sr. Gustavo L. Perea Ansinelli, agente de esta institución, en su carta publicada por diario El Esquiú.com en su edición del miércoles 20 de septiembre.


En primer término niego enfáticamente cualquier participación en supuestos hechos de corrupción en la licitación de viviendas en esta provincia, tal como aviesamente desliza Perea Ansinelli en su carta, en la que alude a una investigación judicial que se encuentra en su etapa preliminar y que aún debe determinar si hubo o no responsabilidades reprochables por la ley penal. 


Resulta oportuno aclarar que actualmente no desarrollo ningún tipo de actividad privada porque estoy desvinculado de la empresa citada en la carta, no obstante, mientras formé parte de la sociedad de dicha empresa nunca lo negué u oculté, como consta en todas las declaraciones juradas que realicé desde que ocupo el cargo de funcionario de la DNV, institución de la que formo parte orgullosa y comprometidamente desde hace más de 37 años.


Considero que Perea Ansinelli evidentemente desconoce u omite malintencionadamente, que la Justicia Federal desestimó en su oportunidad la existencia de una supuesta incompatibilidad con el cargo de Jefe de Distrito que desempeño hace ya diez años, justamente por una denuncia que realizó un exagente de la DNV, en una causa que curiosamente lo tuvo como testigo (causa 2559/2016). 


Precisamente el artículo 13º de la Ley 25.188, de “Ética en el Ejercicio de la Función Pública”, a la que alude Perea Ansinelli, establece la incompatibilidad para el caso de “a) dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar, o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quienes gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades; b) ser proveedor por sí o por terceros de todo organismo del Estado en donde desempeñe sus funciones”.

La empresa de la que fui socio no realizó ningún tipo de contratación con el Estado Nacional, razón por la cual, en la causa mencionada, el Señor Juez Federal Dr. Ricardo Moreno descartó de plano la existencia de cualquier conducta ilícita reprochable penalmente. 


Idéntico resultado tuvieron en su momento las actuaciones administrativas que se iniciaron por esa falsa denuncia y otras acusaciones más. Todas desestimadas y archivadas, dejando a resguardo mi buen nombre y honor, sin que ello se haya hecho público como sí sucedió al anunciar el falso hecho negativo.


A esta altura de los acontecimientos y ante los reiterados e injustificados ataques que vengo soportando por parte del Sr. Perea Ansinelli, sólo me queda pensar que sus falaces acusaciones en contra de mi persona son motivadas por razones estrictamente personales, motivaciones por las que deberá responder en su debido momento en los reclamos que iniciaré ante la Justicia por el daño moral que sus dichos han generado en mi persona y en el de toda mi familia. 

Atentamente.

Ing. Marcelo Patria
DNI: 14.058.338

 

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Comentarios

21/9/2017 | 19:35
#149006
HONORABLE SR PATRIA NO ACLARE QUE OSCURECE. MMMMMMMMMMM

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