Correo de lectores

A 100 años de la sanción de la Ley 8.871

Viernes, 10 de Febrero de 2012

El 12 de febrero de 1912 se sanciona en nuestro país la ley 8.871 conocida como ley Sáenz Peña. Desde 1910 Roque Sáenz Peña se desempeñaba como Presidente de la Nacion Argentina y es en el ejercicio de su mandato donde envía al Congreso de la Nacion el proyecto que posteriormente se transformaría en ley, con lo cual pasaría a regularse un nuevo sistema electoral.
La ley 8.871 instaura el sufragio universal, obligatorio y secreto para los habitantes masculinos de la República Argentina.
Previo a la sanción de esta ley, la Argentina fue llevando adelante distintos tipos de procesos electorales para la elección de sus representantes, que van desde la propia Constitución Nacional de 1853, pasando por las leyes 140 del año 1857, donde se sanciona la primera ley nacional de electores, 4161 del año 1902, 4578 y 4719 del año 1905 y la 8130 de 1912.
Antes de la sanción de la ley Sáenz Peña, los procesos electorales carecían de transparencia dado que los mismos eran caracterizados por incurrir permanentemente en todo tipo de fraudes. Las leyes anteriores a la 8871 exigían empadronamientos de los ciudadanos en registros para poder constituirse en electores. Estos registros eran llevados por Comisiones Empadronadoras que con criterio selectivo autorizaban, o no, la inscripción a los padrones electorales. En muchos casos se podían observar en la nómina de empadronados a personas ausentes como también fallecidas. A su vez al momento de sufragar se carecía de privacidad, ya que los votantes eran conducidos en su mayoría por dirigentes que direccionaban el voto para un determinado partido. Otra práctica fraudulenta consistía en la destrucción y reemplazos de boletas. Al contar con un voto voluntario y sin privacidad, estas prácticas se encontraban de alguna manera protegidas para su realización.
Con la sanción de la ley 8.871 el sistema electoral desarrolló la posibilidad de participación de un mayor número de ciudadanos para la elección de sus representantes y autoridades, ya que con el anterior sistema era muy escaso el ejercicio del derecho político de sufragar. Es así que la participación electoral de los regímenes anteriores marcaban un promedio que alcanzaba al 1,7 % de participación de la población total. Con esta ley también se marca la representación de las minorías a través de las listas incompletas.
Sin lugar a dudas que dicha ley en aquella época significó estar frente a una legislación de un contenido de gran desarrollo electoral. La ley 8871 contó 10 títulos en los cuales se establecían capítulos en donde se alcanzó la enumeración y contenido de 107 artículos.
Del análisis de la ley Sáenz Peña se desprende que su espíritu fue la sanción de la regulación de un voto secreto y obligatorio aplicándose el uso de padrones electorales. A pesar de que la ley pretendió establecer el carácter de un sufragio universal, se estableció que sólo podían votar los argentinos nativos o naturalizados, masculinos mayores de 18 años. Como puede observarse con esta ley las mujeres debieron esperar para obtener el reconocimiento del derecho político para poder votar. Fue recién el 23 de septiembre de 1947, durante un acto frente a la sede de la CGT, cuando Perón firmó el decreto presidencial que le dio valor institucional a la ley 13.030, que le otorgó a las mujeres de todo el país el derecho al voto. Este decreto presidencial fue recibido con orgullo por la esposa de Perón, Evita, quien desde la llegada del justicialismo al poder en 1946 bregó por que la norma fuera una realidad. El voto femenino recién se estrenó cuatro años después, cuando el 11 de noviembre de 1951 más de 3.500.000 mujeres votaron por primera vez en la elección que reeligió a Juan Domingo Perón.
Tampoco caben en el concepto de universal de esta ley, los extranjeros, los habitantes de territorios nacionales, ni los habitantes de circunscripciones con poca densidad poblacional, los cuales no podían elegir autoridades municipales.
La primera aplicación real de la ley Sáenz Peña, tuvo su desarrollo en la provincia de Santa Fe el día 31 de marzo de 1912, cuando se eligio gobernador y vicegobernador.
Resulta de vital importancia destacar la jerarquización que alcanzó el ciudadano como así también los representantes que fueron elegidos con este nuevo sistema electoral, ya que con esta ley se alcanzaba una organización política que garantizaba la participación de gran parte de la sociedad permitiendo la participación y representación de las minorías que hasta ese entonces no lo podían hacer. Con esta ley se empezó a dar contenido y forma a los partidos políticos para que se conviertan en factores indispensables para el sostenimiento del sistema democrático que se alcanzaría únicamente a través del voto popular.
Con el paso el tiempo hemos llegado a consolidar en nuestro país un sistema electoral que resguarda los derechos políticos de los ciudadanos y fue a través de la ley 8871 con la que se dio aquel primer paso, con el cual podemos mencionarla a 100 años de su sanción como unos de los aportes más sobresalientes para la vida electoral y política de nuestro país.


Hernán Martel

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