Felipe Terán fue condenado a cinco años de prisión en el TOF de Tucumán

Ex juez federal de Catamarca, a la cárcel por enriquecimiento ilícito

Además, el ex magistrado titular del Juzgado Federal Nº 2 recibió una inhabilitación absoluta de 10 años.
sábado, 18 de noviembre de 2017 00:00
sábado, 18 de noviembre de 2017 00:00

Con disidencias parciales, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, integrado por Gabriel Casas, Alicia Noli y Juan Carlos Reynaga, condenó ayer a la pena de cinco años de prisión al ex juez federal N° 2 de Catamarca, Felipe Terán, por el delito de enriquecimiento ilícito.


La sentencia, según informaron fuentes judiciales, incluye la inhabilitación absoluta durante el plazo de 10 años para ejercer un cargo público y costas.


También se ordenó en el fallo el decomiso de los efectos provenientes del delito, consistentes en la suma de 1.700.000 pesos, monto que deberá ser actualizado a la fecha de ejecución de la pena.


Para hacer efectivo el cumplimiento de ese decomiso, se ordenó la inhibición general de los bienes del ex magistrado que ejerció en nuestra provincia en el periodo 1995-1999.


Además, el tribunal decidió no hacer lugar al pedido de revocatoria de excarcelación que había planteado el fiscal Pablo Camuña, por lo que se entiende que una vez que el fallo quede firme se hará efectiva la pena. 


Los argumentos centrales en el juicio al ex juez federal Terán se basaron en el abrupto incremento de su patrimonio entre 1999 y 2005.

Cabe destacar que durante este periodo el ex magistrado había solicitado el pase al juzgado de la vecina provincia de Tucumán. 


La peritación de siete técnicos de la Nación, practicado con control y consentimiento de la defensa pública, sostiene que hubo un aumento patrimonial sin causa entre 1999 y 2005 de $550.000 (U$S 183.000 dólares correspondientes al último año de la cotización).


Si bien por efecto del proceso inflacionario $550.000 parecen irrelevantes en el presente, el fiscal Pablo Camuña hizo notar durante los alegatos que la suma superaba el total de sueldos que el juez federal Felipe Terán había percibido en el lapso investigado de siete años.


Los peritos determinaron durante el juicio que el monto actualizado con la tasa activa del Banco Nación asciende a $1,9 millones.

Según el juez Gabriel Casas, esto debía ser recompuesto a partir de la variación del salario de la magistratura, pero prevaleció la postura de Alicia Noli y Juan Carlos Reynaga, que giró en torno a lo manifestado por los auxiliares de la Justicia.


Por otro lado, alquileres, indemnización y compraventa de propiedades no acreditados fueron puestos de manifiesto por el fiscal Camuña, quien puso énfasis en la inexistencia de elementos para probar que ciertos ingresos hayan provenido de alquileres. 


También puso en duda la validez de un boleto de compraventa de 1993 relativo a un inmueble de San Clemente del Tuyú escriturado en 1999 y de documentación sobre la indemnización laboral de Luisa Chiarello, esposa de Terán y sobre las mejoras de la casa de Raco. 


Además, cuestionó el precio y la forma de devolución de anticipos por un departamento en San Miguel de Tucumán que Terán intentó comprar al desarrollador Miguel Galindo.


Por su parte, para la defensa la acusación presentaba defectos en la notificación de la audiencia, es decir la instancia prevista en el artículo 268 (2) del Código Penal para que la Justicia requiera al funcionario la justificación de los incrementos detectados. 


Ese acto se realizó en mayo de 2010 sin Felipe Terán, ya que este había pedido la suspensión, pero el juez federal N° 1 Daniel Bejas no se la concedió.


En el proceso consta que el exjuez fue notificado del rechazo el mismo día de la audiencia, dos horas después de su realización.


Asimismo, sobre la nueva documentación, por pedido del fiscal Pablo Camuña el tribunal desestimó la incorporación “a último momento” de un conjunto de pruebas que presentó Terán para respaldar la existencia de bienes previos a 1999 (Gabriel Casas votó en disidencia), aunque sí aceptó que se agregue un cheque referido a la transacción con Miguel Galindo.


El defensor Ciro Lo Pinto dijo que lo dejaba sin palabras esta vulneración del derecho de defensa y anticipó que recurrirá la decisión.


Por último, con respecto al paso del tiempo, la defensa del ex magistrado sostuvo que es irrazonable que éste sea juzgado por una denuncia de 2003 respecto de hechos acaecidos a partir de 1999. 


Según el defensor oficial Lo Pinto, el proceso debe cerrarse por el transcurso del plazo razonable, aunque la acción no esté extinguida porque la prescripción no corrió para Terán durante el lapso en el que fue funcionario (hasta 10/2006).
 

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Comentarios

18/11/2017 | 13:09
#149006
Ahora sigan con mercado y barros
18/11/2017 | 06:14
#149005
empezar a entender porque catamarca se poblo de narcos.

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