Columna de opinión por Rodrigo Morabito*

El flagelo de la violencia escolar

lunes, 8 de octubre de 2018 01:01
lunes, 8 de octubre de 2018 01:01

Deseo partir de algunas precisiones que considero fundamentales en torno a la violencia escolar en razón a que en muchas circunstancias este flagelo no está demasiado claro en diferentes ámbitos en el que se lo trata.

La violencia en las escuelas hace referencia a aquellos episodios que no son originados por vínculos o prácticas propias de la escuela, sino que tienen a la institución educativa como escenario.  En otras palabras, son aquellos episodios que suceden en la escuela, pero que podrían haber sucedido en otros contextos en los cuales los niños y jóvenes se reúnen.  En  estos casos, la escuela actúa como caja de resonancia del contexto en el que está inserta.

Por otra parte, la violencia escolar se produce en el marco de los vínculos propios de la comunidad educativa y en el ejercicio de los roles de quienes la conforman; padres, alumnos, docentes, directivos.  Son el producto de mecanismos institucionales que constituyen prácticas violentas y/o acentúan situaciones de violencia social.

Evidentemente, la violencia entre adolescentes que se origina en los establecimientos educativos y que en la generalidad de los casos culminan con consecuencias punitivas, es una contingencia que requiere de una intervención inmediata, integral y sostenida en el tiempo por parte del Estado.

Ahora bien, en nuestra provincia, rige la Ley N° 5.402 titulada: “EXCLUSIÓN DEL MALTRATO Y PROMOCIÓN DE LA CULTURA DE PAZ EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA”, la cual fue publicada en el B.O., en fecha 30 de enero de 2015. 
La mencionada normativa resulta de vital importancia para abordar el flagelo de la violencia escolar y procurar el bienestar de los adolescentes involucrados.

En su exposición de motivos, la ley resalta la problemática actual de la siguiente manera: “Ante el incremento inusitado de hechos violentos, principalmente entre escolares en los establecimientos educativos de nuestra Provincia y su consiguiente repercusión en la opinión pública, concluimos que esto ha dejado de ser una preocupación circunscripta a la comunidad educativa, para transformarse en una preocupación del conjunto de la comunidad catamarqueña. 

Estos hechos de los que hablamos no son un problema nuevo, exclusivo y excluyente en los establecimientos educativos de nuestra Provincia, por el contrario el fenómeno de violencia en las escuelas es un fenómeno mundial y por tanto, un tema de debate en todos los países.

Si bien en el ámbito escolar tiempo atrás se registraban hechos como peleas, agresiones o burlas, podría decirse que eran propios de la vida cotidiana en sociedad.

Al analizar estos hechos violentos, en principio, observamos un incremento cuantitativo de los mismos, por otro lado, actitudes que en otras épocas se minimizaban, hoy en día la sociedad las rechaza y ha tomado conciencia que debe actuar previniéndolas y evitándolas.

(...) En nuestra Provincia los hechos de violencia acontecidos, son de público conocimiento, por lo que ante este escenario, el Estado tiene la obligación de proteger a la comunidad educativa con el fin de excluir el maltrato entre sus integrantes y promover la cultura de paz ya sea en los establecimientos educativos de gestión pública o privada, en sus distintos niveles y modalidades...” (Exposición de Motivos de la Ley 5.402).

En el artículo 3 de la ley, aparecen de un modo claro algunas definiciones que considero fundamentales.

De este modo surge lo que debe entenderse por COMUNIDAD EDUCATIVA que “es la integrada por estudiantes, directivos, personal docente, no docentes, administrativos, padres de familia y tutores”; también lo que significa PERSONA GENERADORA DE MALTRATO ESCOLAR, siendo aquel “integrante de la comunidad educativa que, en forma individual o colectiva, directa o indirecta origine maltrato a otro de sus miembros” y, finalmente, lo que debe entenderse por PERSONA RECEPTORA DE MALTRATO ESCOLAR, resultando aquel “integrante de la comunidad educativa que sufra maltrato por parte de otro de sus integrantes” (Art. 3 incisos a, e y f).

A partir de la conceptualización que ha elaborado la propia ley, interpreto que la violencia escolar es una violencia particularmente específica por los siguientes aspectos: 1) El espacio de la victimización es la propia escuela, el lugar donde se desarrolla el proceso educativo; 2) los participantes de la violencia, en numerosos casos son los alumnos, esto constituye una línea endeble entre los autores de los hechos de violencia y las víctimas; 3) el personal docente se muestra vulnerable por no poder controlar la violencia en la institución escolar, esto conduce a una permisibilidad y agravamiento de los comportamientos violentos; 4) la importancia del rol y la función social del maestro no es suficientemente valorada, comprendida y apoyada en nuestra sociedad; 5) tanto la sociedad en su conjunto como el ámbito escolar han abandonado una educación cimentada en los principios básicos de los derechos humanos, el respeto, la igualdad y la paz; 6) Carencia de compromiso hacia la institución escolar; 7) Infraestructura edilicia escolar deteriorada y sin mantenimiento constituye un símbolo de desorganización y violencia escolar.

Ahora bien, estimo que una forma de disminuir los daños que la violencia puede causar sería: 1) mayor presencia del personal docente y un trabajo con los alumnos respecto de los objetivos que tienden a cuidar y respetar su propio ámbito escolar, como así también, respetarse entre ellos; 2) estimularlos a colaborar, integrarse y actuar cooperativamente mediante talleres de reflexión y de intercambio, como así también, la puesta en marcha de jornadas voluntarias de trabajo tendientes a mejorar y embellecer las instalaciones; 3) incluir a la comunidad, para que se sienta identificada con la tarea escolar; 4) se podría proyectar películas y videos invitando a los distintos sectores de la sociedad, repartir folletos, organizar charlas y debates; etc.

En otras palabras, para poner fin a la violencia escolar se requiere de la participación activa de la sociedad y, sobre todo, de la mencionada COMUNIDAD EDUCATIVA. La escuela debe intentar sensibilizar a estos sectores invitándolos a participar de debates y jornadas de reflexión. Es necesario garantizar que los docentes hayan sido adiestrados y estén en condiciones de enfrentarse al grave problema de que varios niños de su aula hayan sido víctimas o testigos de violencia; ergo, las estadísticas judiciales constatan que la mayoría de los estudiantes sabe de otro estudiante que se encuentra en una relación violenta o vive en un hogar donde reinan los maltratos.

En definitiva, la violencia escolar es un flagelo que estamos obligados a abordar todos los miembros de una comunidad, resultando fundamental que la escuela concientice a los estudiantes y a sus familias sobre la violencia, utilizando programas de prevención y tratamientos de la misma; resultando trascendental: 1) hablar sobre la violencia - no negar; 2) actitud crítica y reflexiva sobre la violencia; 3) establecer alianzas con la comunidad; 4) participación activa de los alumnos y padres; 5) acciones concretas de prevención.

*Juez de Menores y miembro de la Asociación Pensamiento Penal.
 

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