Entrevista a Bruno Jeréz sobre la ley de control de Ausentismo docente

sábado, 13 de noviembre de 2021 23:29
sábado, 13 de noviembre de 2021 23:29

LA LEY DE CONTROL DEL AUSENTISMO DOCENTE Y LA DEUDA A LOS MAESTROS.

Entrevistado el Dr. BRUNO JEREZ, abogado y psicólogo sobre los audios que salieron a la luz pertenecientes a la Subsecretaría de Reconocimientos, Dra. Analia Leiva de Ominetti, expreso:

“Me parece que en la situación delicada en que se encuentra nuestra sociedad, luego de una pandemia mundial y del colapso del sistema de salud y del educativo, el poder político debe estar a la altura de las circunstancias. El Ministerio de Educación debe jerarquizar el servicio de Reconocimiento Médico en especial y en  específico para los docentes, ningún trabajador se enferma de la misma manera, un minero tiene unas afecciones, el empleado de comercio otras y por supuesto son propios los males de los docentes, y es por ello que la ley los ampara para que se sientan contenidos y así garantizar la mayor presencia de todos nuestros docentes en el aula.” Dijo.

¿De acuerdo a su punto de vista; hay una laguna legal respecto al control de ausentismo de los docentes?

Bajo ningún punto de vista, existe una ley que determina cuales son los puntos cardinales para el ejercicio de este poder del Estado sobre el trabajador. Ello se encuentra en  un Decreto Acuerdo Nº 1092, básicamente el legislador situó al personal docente dentro de un Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias propio, contemplando las particularidades que la actividad docente conlleva, que ha merecido un tratamiento específico a través del Estatuto del Docente Provincial. Se trata de lograr de esta manera a la eficiencia del Sistema Educativo tendiente a lograr un mejor y óptimo desempeño de los docentes mediante normas que atiendan y protejan sus necesidades de orden personal y social, conforme a la especificidad del servicio que prestan a la comunidad. Esta es una Ley que proviene de la Gobernación de la Dra. Corpacci.

¿Qué paso con este decreto Acuerdo?

Mire, la verdad es que los argentinos tenemos muchas leyes llenas de proteccionismo y romanticismo, pero específicamente este decreto acuerdo NUNCA HA SIDO APLICADO, la Subsecretaria Leiva de Ominetti nunca lo leyó al parecer, es más al contrario, NUNCA LO APLICO, ahí es donde incumple la ley en su calidad de funcionaria y puede llegar a ser encausada por incumplimiento de funcionaria pública.

Al final un docente enfermo al presentar su licencia laboral lo vivió «como una restricción total a la posibilidad de enfermarse». Son horas de espera, con un grupo medico que no cuenta con la especialización que el servicio necesita, dentro de un perverso sistema deshumanizante que con odio clasista va a someter a su esfera de poder sádico y perverso de la subsecretaria. Una espiral deshumanizante ya que el enfermo al acudir al medico para solicitar su licencia va a terminar enfermándose más aun. Allí es donde la Dra. Leiva de Ominetti lanzaba la ley a las mismas cloacas con un denigrante rechazo al respeto por un ser humano enfermo, desvalido por su propia situación,  dañando al trabajador involucrándolo en una situación de extrema desigualdad.” Aseguró el letrado.

EL DOCENTE ENFERMO

La “enfermedad profesional” es aquella que se origina por el resultado directo del trabajo, es decir aquella que implica un daño en la salud del trabajador expuesto a ciertos riesgos laborales, (bio-psico-social).       
Entre las ramas que más maestros atienden cada año, son la psicología/psiquiatría, neurología, traumatología  y la Otorrinolaringología (dolencias de la faringe, neurosis, lumbalgias, varices) causantes de ausentismo laboral de los profesores.

Enfermedades de la voz es una causa de las bajas laborales de los profesionales de la educación. La voz constituye el instrumento de trabajo y de comunicación imprescindible del profesorado.

Enfermedades óseo-musculares: El dolor de espalda, la permanencia constante de estar de pie, las lumbalgias o lumbagos se produzcan por horas de estar paradas frente a la pizarra.

Psicológicas: neurosis por atender salas superpobladas, con niños con problemas del comportamiento, emocionales, del aprendizaje. Padres o tutores violentos.

SALUD LABORAL DOCENTE

Analizada la situación a grandes rasgos. Al poder político le corresponde, designar en la función de la Dirección de Reconocimientos Médicos Docentes a una persona que se encuentra dentro del principio de especialización que contempla la ley (medicina laboral). Liderar a un grupo interdisciplinario especializado, con tratamiento humanizado para la mejora de la salud laboral de los docentes a través de la Prevención de Riesgos Laborales para anticiparse y actuar antes de que se produzcan consecuencias negativas con el fin de impedirlo o para evitar sus efectos. Puntualizó.

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