Columna de Opinión

La digitalización de la violencia de género

lunes, 21 de junio de 2021 00:35
lunes, 21 de junio de 2021 00:35

(*) Rodrigo Morabito

La violencia de género es un lamentable flagelo que no da tregua a las instituciones del Estado. Sin embargo, hoy en día y desde hace ya un tiempo, éste flagelo también debe ser abordado a partir de las nuevas TICS (tecnologías de la información y comunicación) debido a que muchas de las conductas violentas pueden y de hecho se cometen a través de estas tecnologías.

En este sentido, me parece importante destacar que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, ha dejado muy en claro que la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) “era plenamente aplicable a los entornos tecnológicos, como internet y los espacios digitales, donde las formas contemporáneas de violencia contra las mujeres y las niñas a menudo se cometían en su forma redefinida” (Recomendación General nº 35, 2017, citado en el informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias del Consejo de Derechos Humanos, perteneciente a la Organización de Naciones Unidas (ONU), A/HRC/38/47 de fecha 18/6/2018). 

De igual forma, en el mencionado informe se destacó lo siguiente: “La protección de los derechos humanos de la mujer y la eliminación de la violencia contra las mujeres y las niñas en la vida pública y privada en el ‘mundo real’, sigue siendo un reto mundial que se ha extendido al espacio digital de los medios sociales, como Instagram, Twitter, Facebook, Reddit, YouTube y Tumblr y otras comunicaciones de telefonía móvil, sitios de microblogs y aplicaciones de mensajería (como WhatsApp, Snapchat, Messenger, Weibo y Line), que ahora forman parte de la vida cotidiana de muchas personas en todo el mundo…”.

La violencia de género digital, como puede advertirse, puede presentarse a través de mensajes por medio de las redes sociales o sistemas de mensajería instantánea y manifestarse mediante acciones de vigilancia, suplantación, extorsión y acoso.
Para evidenciar la magnitud del problema, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), dio a conocer cifras que revelan que el 95% de las conductas agresivas, el lenguaje insultante y las imágenes denigrantes que aparecen en estos medios están dirigidos contra las mujeres.

Sin dudas que la violencia de género en los entornos digitales no se reduce tan solo a la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, sino que, además, abarca supuestos tales como hackeo de cuentas y creación de perfiles falsos, la solicitud forzada de imágenes íntimas, etc. 

La era digital (que ya no es tan reciente), trae consigo el desafío y el deber para los Estados de regular y en la mayor medida de lo posible prevenir o, en todo caso (y cuando no fuere posible la prevención) llevar adelante la investigación y si corresponde la sanción de la violencia a través de sus distintas manifestaciones y formas, siendo una de ellas la que se suscita en el entorno digital y en relación a las personas pertenecientes a grupos de riesgo o colectivos vulnerables, debiendo abordarse en forma prioritaria, la violencia que a diario se produce en contra de las mujeres en ese especial entorno.

(*) Juez de Responsabilidad Penal Juvenil. Profesor de Derecho Penal II (UNCA). Vocal Titular de la Mesa Nacional de Asociación pensamiento Penal. Miembro de Ajunaf. Miembro de la Red de Jueces de Unicef. Miembro del capítulo argentino de Magistradas y Magistrados por los derechos sociales y la doctrina franciscana. 
 

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