Columna de Opinión

“Discapacidad sin barreras”

lunes, 27 de septiembre de 2021 01:02
lunes, 27 de septiembre de 2021 01:02

(*) Rodrigo Morabito

En la semana internacional de las personas sordas se siguen suscitando algunos inconvenientes en cuanto a la accesibilidad a las instituciones del Estado por parte de quienes forman parte de este colectivo de personas vulnerables. 

En efecto, el art. 75 inc 23 de la Constitución Nacional es categórico al establecer que se deberá legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad.

Sin dudas, uno de los colectivos más afectados en cuanto a la gran cantidad de barreras que existen y a las que se enfrentan para ver garantizados sus derechos humanos elementales en la cotidianeidad son los niños, niñas y adolescentes, por estar o encontrarse, incluso, expuestos a sucesivas o múltiples vulnerabilidades.

Sobre este último punto, nótese que podemos encontrarnos con niños o niñas con discapacidad (vulnerabilidad por niñez, discapacidad y género), en situación de pobreza o pobreza extrema (vulnerabilidad social – económica) que se encuentran en condiciones absolutamente adversas frente a las contingencias de la vida. 

No debemos pasar por alto como Estados democráticos de derecho que en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), Argentina ha asumido la responsabilidad ineludible de garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes (independientemente de su condición socio económica o a la comunidad o el sector social al que pertenezcan) el disfrute pleno de sus derechos sin discriminación de ninguna clase.

Ahora bien, para el logro de estos objetivos es fundamental que los Estados, de manera prioritaria, optimicen la asignación de presupuesto en programas y proyectos específicos que mejoren la inclusión, acceso y situación de niñas, niñas y adolescentes con discapacidad, así como también que sigan reforzando los mecanismos y leyes vigentes para prevenir y erradicar la discriminación.
Por otra parte, es sumamente importante incorporar la perspectiva de discapacidad no solo en las leyes, decretos u ordenanzas o cualquier otra decisión que se emita por las distintas instituciones del Estado, sino también como mecanismo de plena garantía de acceso a la justicia. 

En definitiva, no cabe sino concluir que los niños, niñas y adolescentes con discapacidad y sus familias constantemente se enfrentan a barreras que limitan el ejercicio de sus derechos humanos y su inclusión social, por lo que esa inclusión de parte del Estado debe ser constante, activa y prioritaria, pues, ello no solo es una cuestión de derechos y justicia social, es también una inversión esencial en el futuro y desarrollo de las sociedades. Todo un desafío impostergable y prioritario para el Estado.

(*) Juez de Responsabilidad Penal Juvenil. Profesor Adjunto de Derecho Penal II (UNCA). Vocal Titular de la Mesa Nacional de Asociación pensamiento Penal. Miembro de Ajunaf. Miembro de la Red de Jueces de Unicef. Miembro del capítulo argentino de Magistradas y Magistrados por los derechos sociales y la doctrina franciscana.

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