Apuntes del secretario

miércoles, 18 de noviembre de 2020 01:30
miércoles, 18 de noviembre de 2020 01:30

Como lo anunciamos oportunamente la agenda política tendrá hoy un mojón de trascendencia institucional. El pleno de la Cámara de Diputados tratará el pedido de juicio contra dos de los siete jueces de la Corte: José Cáceres y Amelia Sesto de Leiva. Al respeto, bueno es recordar que este tema tuvo su punto de partida en agosto de 2018, luego que el propio José Cáceres desafiara a los diputados a que le iniciaran un proceso de juicio político a los efectos de poder demostrar, según su visión, el apego a la ley y a los actos que cumplió durante más de 25 años como ministro del máximo tribunal. La respuesta no llegó de parte de ninguno de los miembros del cuerpo, sino de un abogado independiente que en otras épocas supo ser Asesor de Gobierno y subsecretario de Asuntos Institucionales. Eduardo Andrada –de él hablamos- le objetó su condición de jubilado –al igual que a Sesto-, por lo cual no podía ejercer cargos públicos, y haber sobrepasado la edad que establece la Constitución para ponerle fin al mandato de los jueces. Tras un debate de tres meses –participaron abogados, miembros del Colegio de Abogados, etc- en la comisión de Asuntos Constitucionales que presidía el exdiputado Fernando Jalil, surgieron tres despachos. Uno de mayoría, que aconseja aprobar el pedido de juicio que debería llevar a cabo la Cámara de Senadores, y dos por la minoría, que opinan lo contrario y defienden los perfiles de Cáceres y Sesto. Los tres pronunciamientos, con lujo de detalles, fueron publicados exclusivamente por El Esquiú, el medio que mayores preocupaciones y detalles ofreció sobre el caso.

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La definición, sino no ocurre ningún imprevisto, surgirá este miércoles. Conforme a la reglamentación, para aprobar el juicio político se requieren 27 votos (dos tercios del total de la Cámara, que reúne 41 miembros), una cifra difícil de alcanzar. El peronismo cuenta con 23 representantes y con aliados podría llegar a los 25 votos, con lo cual adelantamos que se requerirían apoyos de la oposición para respaldar el despacho de mayoría. Independiente de estas cuestiones formales, salga como salga el escrutinio, hay situaciones políticas que no pasarán desapercibidas. Los diputados de todos los bandos, más allá de los nombres y la procedencia de los jueces, son conscientes que se votará por la legalidad o la ilegalidad, por el respeto o falta de respeto a la Constitución. Es decir que pondrán en juego su calidad de representantes del pueblo y sus decisiones las tendrá que analizar el mismo pueblo que los votó.

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El profundo estudio del tema en el seno de la comisión y el pronunciamiento del Colegio de Abogados en diferentes épocas no dejaron dudas de las irregularidades que rodean a ambos magistrados. Una conclusión, de Derecho elemental, es que el artículo 168 dice que los jubilados no pueden ejercer cargos y el caso es, concretamente, de jubilados que ejercen cargos. Ni hablar de las tramoyas que hicieron estos jueces –y otros más, como Lilljedhal- para sortear el tema de la edad. Por lo tanto, para el grueso de la comunidad política no es ningún misterio cómo sucedieron las cosas ni cómo se va a votar. No por Cáceres y Sesto o en contra ellos. La cosa es por la Constitución o en su contra. Si hasta el gobernador Jalil, en su momento, aunque lo haya dicho para el conjunto de la administración pública, opinó que todo funcionario debe permanecer hasta los 65 años y nada más.

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Sobre la hora, José Cáceres presentó una recusación contra el diputado Augusto Barros por considerar  que “carece de la integridad necesaria para juzgar a un juez de la Corte de Justicia”. Apelando a burlas e ironías, como es su costumbre, acusó indirectamente al legislador de aprovecharse de situaciones políticas para favorecer a su familia. Lo hizo a partir de un pedido de informes que, sobre el alquilar de una máquina, realizó su propio hijo concejal –Javier Espinoza- en Valle Viejo. Acompañó como prueba un escrito de El Ancasti donde se critica a Barros, sin reparar el medio de prensa que el alquiler de la máquina lo solicitó un hijo de Barros y que el trámite, como el pago, se realizó en base a las exigencias legales del municipio chacarero. Más claro: Cáceres buscó una chicana para forzar la recusación que no fue aceptada. También dice el juez que Barros no puede juzgarlo. No es que no pueda, no debe ni le corresponde. Apenas puede votar para que actúe la cámara juzgadora, o sea el Senado. Y sobre las ironías y el manifiesto desprecio al legislador, no hay nada que agregar. Ni siquiera respeta su propia investidura de juez.

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El comportamiento de Cáceres desde que se inició el proceso- lo repetimos: el desafió que le hicieran juicio político-, invariablemente estuvo reñido con elementales reglas de juego democráticas. No solamente no respetó la Constitución, sino que también tuvo recordados exabruptos o comportamientos de patotero, como cuando le atacó el despacho de un exfiscal a las patadas. Por ello, salga como salga la votación, su suerte como magistrado está echada. Nadie, pero absolutamente nadie, guardará respeto por su figura y que a nadie extrañe que continúen en su contra acciones complementarias al pedido de juicio político. Por las dudas, aclaramos al público que tiene 78 años y la jurisprudencia nacional le pone límite al ejercicio de los magistrados: 75 años o continuar con nuevo acuerdo de la comisión de Acuerdo del Senado.

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Uno de los episodios más violentos y traumáticos vividos a nivel institucional en la Provincia, contando desde el retorno de la democracia en 1983, fue sin duda la toma de la Casa de Gobierno en medio de una revuelta policial. Alentados por un conflicto de alcance nacional, los uniformados locales se levantaron en reclamo de mejoras salariales, y mantuvieron acorralada a la propia Gobernadora durante toda la jornada, que incluyó disparos, serios incidentes y largas horas de incertidumbre. Corpacci estuvo prácticamente encerrada en su despacho desde la mañana del viernes 6 hasta la madrugada del sábado 7 de diciembre de 2013, en un hecho sin precedentes que constituyó un verdadero acto de sedición. Entre las varias razones que dieron lugar a aquella protesta, la principal fue el impedimento legal que tienen los policías para viabilizar sus reclamos a través de un sindicato, tal y como lo hacen los trabajadores de todos los sectores públicos y privados. Esta posibilidad se consideró siempre contraria a los principios de una fuerza cuya naturaleza nace de la verticalidad y la obediencia, pero los hechos demuestran los riesgosos efectos de anular toda posibilidad de expresión.

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Parece haberse hallado finalmente un punto medio entre la anulación de cualquier posibilidad de protesta y la sindicalización, y el ensayo correrá por cuenta del Chaco, provincia cuyo gobernador, Jorge Capitanich, tuvo una iniciativa sin precedentes en la materia. Presentó a su Legislatura un proyecto de ley que habilita la posibilidad de que policías y efectivos del servicio penitenciario de Chaco puedan crear una “asociación civil” para negociar condiciones salariales y laborales, y que les da la facultad de desplegar medidas de protesta programadas, de no más de 15 minutos por día y 45 minutos por semana, por el carácter “esencial” del servicio. Se trata del proyecto de Ley de Derecho de Asociación de las Fuerzas de Seguridad, y puede cambiar para siempre el panorama de las filas policiales.

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Es una iniciativa para regular y propiciar la representación de las fuerzas de seguridad ante el Poder Ejecutivo en materia de salario, condiciones de trabajo y defensa de intereses profesionales, a partir de un modelo innovador que, según el mandatario chaqueño, implica “un salto cualitativo de los intereses de la fuerza de seguridad”. El antecedente más reciente de un intento similar se dio en 2017, cuando policías bonaerenses intentaron formar el Sindicato Policial Buenos Aires (SIPOBA), pero la iniciativa fue rechazada judicialmente, luego de un arduo debate que llegó a la Corte Suprema, estamento donde se determinó que los policías no tienen ese derecho porque no están alcanzados por el artículo 14 bis de la Constitución. Ahora que la iniciativa parte de un Poder Ejecutivo y no de los trabajadores, la suerte puede ser distinta.

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El proyecto tiene ejes claros: Habilita la creación de una asociación civil con personería jurídica, con representantes que revistan el carácter de activos, con al menos 5 años de antigüedad y sin antecedentes disciplinarios. Serán elegidos por voto secreto, libre y obligatorio, con un año de duración y sin posibilidad de ser reelectos. No podrán manifestarse públicamente con armas y uniformes, ni obstaculizar el normal desarrollo de las actividades. Los efectivos podrán realizar reclamos en forma activa y programada. Junto con la asociación, se crea la Comisión de Política Salarial y Condiciones de Trabajo, como “único ámbito de discusión de los intereses profesionales del personal policial y penitenciario ante el Poder Ejecutivo”. La intención es que sesione en reunión plenaria dos veces al año. Se trata de un proyecto muy interesante, que seguramente será observado en su evolución y aplicación por el resto de las provincias, ya que si funciona puede poner fin al latente temor de nuevos levantamientos.


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Comentarios

18/11/2020 | 11:54
#149006
Abogado independiente el oso? Le dijeron que trabajaba en la Provincia y en la Municipalidad de la Capital y se mando a guardar

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