Apuntes del Secretario

domingo, 23 de agosto de 2020 01:12
domingo, 23 de agosto de 2020 01:12

El caso de los camaristas que, para fallar de una forma, habrían recibido una coima que fue filmada y posteriormente viralizada por las redes sociales sigue dando que hablar. El Jury de Enjuiciamiento, en base a la denuncia existente, al video que registra el posible pago de dinero y al dictamen del fiscal, consideró admisible que ambos magistrados respondan por los cargos que se le atribuyen, pero dejó una gran duda. Dispuso que tanto Raúl Da Prá como Juan Pablo Morales “sean licenciados con goce de haberes”. Es decir cobrarán sus jugosos emolumentos sin trabajar. Se trata de una situación evidente de privilegio que no ocurre con otros dependientes del Estado. Si un empleado o funcionario es objeto de un sumario por el cual resulta licenciado, en todos los casos, deja de percibir el sueldo hasta tanto se resuelvan los motivos por los cuales se llegó a un punto extremo. Desconocemos por qué en el caso de los camaristas se aplicó un criterio distinto y, una vez más, se terminó favoreciendo a miembros de un Poder del Estado que tienen los mejores sueldos de la provincia, gozan de inamovilidad mientras dure su buena conducta y, de yapa, no pagan el impuesto a las ganancias como lo hace el resto de la ciudadanía. La crítica, en lo personal, no tiene nada que ver con Da Prá o Morales, sino con cualquier beneficiario del gran paraguas judicial.

Otro caso que despierta suspicacias es la llamada “Tragedia de El Rodeo”, el desgraciado hecho que en enero de 2014 costó la vida a 13 personas que fueron arrastradas por un impresionante alud de barro, aguas descontroladas y gigantescas piedras. Para el primer fiscal que intervino en el caso –Roberto Mazzucco-, las imputaciones alcanzaban a 13 personas, incluido el exgobernador Brizuela del Moral por la comisión de eventuales responsabilidades políticas. Quien lo reemplazó, Jonathan Felsztyna, únicamente señaló como responsable al exintendente Félix Casas Doering y a un funcionario provincial de nivel intermedio como Alfredo Saavedra, exdirector de Defensa Civil. Al primero por tener habilitado el autocamping que se ubica a la vera del Ambato y al segundo por no haber limpiado el lecho del mismo río. Para los familiares de las víctimas, la última disposición representa una burla cruel. “El fiscal (por Felsztyna) fue el mejor defensor de los imputados”, sintetizaron en un escrito que voló por las redes sociales y se asienta en razones de peso y de mínima lógica. Claramente, cuando han pasado más de seis años de la tragedia, el hilo de las responsabilidades no se puede cortar en su parte más delgada.

La designación de Fabiana Gómez, una joven abogada, como futura ministra de la Corte de Justicia, provocó revuelos varios. En primer lugar entre las mujeres –el grupo “Eulalias-Comunicadoras Femenistas Catamarqueñas-, que consideraron que relacionar a Fabiana con el intendente Guillermo Ferreyra –su marido- significa disvalorar su trayectoria académica y pública. Por cierto, no compartimos en absoluto esa posición. El tema es más sencillo y no debería provocar susceptibilidades. Un nombramiento de esta naturaleza, sea para un varón o una mujer, encierra en una trascendencia inusitada que hace imposible para el periodismo no hacer una presentación pública de quien, guste o disguste, resulta desconocida para la gran mayoría de la sociedad. Aparte, sin que afecte la división de poderes, convertirse en ministra del más alto tribunal de Justicia es un hecho de naturaleza política. Este aserto se corrobora en cualquier parte del país y del mundo. Por el lado del gobierno, queda claro que el gobernador Jalil cumplió con su palabra cuando anunció que pensaba para el cargo en una mujer y, si fuera posible, que haya egresado de la Universidad de Catamarca, que es el caso de Fabiana. Después del juramento, una discusión que nos parece insulsa, quedará en el recuerdo y la flamante ministra comenzará a ser analizada por su actuación y sus fallos.

El último jueves, la Cámara de Senadores dio media sanción a la denominada Ley de Talles, iniciativa del legislador capitalino Maximiliano Brumec (también requirió que se agreguen requisitos para analizar los pliegos de Martel y Gómez remitido al Senado), que apunta a terminar con la discriminación directa o indirecta en proceso que va desde la fabricación hasta la venta de ropa y calzado. Es una norma tan elemental que hasta duele que haya que legislar sobre esta cuestión, por la cual lamentablemente muchas personas enfrentan malos momentos por ser observadas como excedidas de peso o demasiado delgadas a la hora de buscar vestimenta. Una realidad que, por encima de la cuestión estética, siempre subjetiva, puede ocasionar enormes daños en la conducta y autoestima, especialmente de jóvenes y adolescentes. Pocas iniciativas tienen un historial tan extenso y penoso como esta ley, que de hecho todavía no fue sancionada, cuando han pasado alrededor de veinte años desde que la comunidad la exige. 

Entidades como ALUBA o ALCO, que trabajan con personas afectadas por distintos desórdenes o trastornos alimenticios, han reclamado durante dos décadas por una disposición legal que resuelva esta situación tan compleja y tan desatendida por generaciones de legisladores. Es de esperar que sea aprobada en Diputados a la brevedad, que se la reglamente, y sobre todo que se la aplique, para poner fin al padecimiento de un sector de la población marginado por no encuadrarse en supuestos cánones de belleza impuestos de manera masiva. Debe decirse sobre esta cuestión, sin embargo, que no es excluyente de Catamarca. En todas las jurisdicciones que carecen de ley, como Catamarca hasta aquí, se reclama una normativa. En todas las jurisdicciones donde rige una ley, hay quejas, tanto de los consumidores porque no se aplican ni controlan, como de las grandes empresas de confección porque aseguran que tantas leyes diferentes entre sí “generan perjuicios económicos y logísticos a la hora de enviar los productos a las provincias”.

En ningún distrito del país se ha logrado hasta ahora dar en la tecla para solucionar el dilema. Buenos Aires es la provincia que tiene la ley de talles más antigua, es la Ley número 12.665, que fue aprobada en 2001 y reglamentada en 2005. Años después, la Ciudad de Buenos Aires tuvo su Ley 3.330 aprobada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En 2006 la provincia de Entre Ríos obtuvo su propia ley de talles: es la 9.703. Ese mismo año se sumó la provincia de Santa Cruz con la Ley 2.922. En 2007 fue sancionada una ley de talles en la provincia de Santa Fe con el número 12.841. Un año después, la Legislatura de la provincia de Corrientes sancionó la Ley 6.003. En 2012, la Legislatura de la provincia de Río Negro aprobó la Ley 4.806. Y ese año, en la provincia de San Juan comenzó a regir la Ley 8.323. En 2013 fue sancionada la Ley 8.579 en la provincia de Mendoza. También ese año una norma sobre talles, la número 7.273, fue aprobada en la provincia de Chaco. Al año siguiente, la Ley 2.793 entró en vigencia en la provincia de La Pampa. Y en 2015, Córdoba fue la última provincia en sumarse con la Ley 10.302. Acumulamos hasta allí una docena de leyes, con un detalle asombroso: se trata de normas completamente distintas, cada una con características propias y enormes diferencias en lo que se refiere a la cantidad de talles exigidos, el sistema de normas que toman como referencia y en quienes recaen las exigencias (comerciantes o fabricantes, o ambos). Eso revela algo más preocupante, y es que en los hechos las leyes, en sus múltiples variantes, no funcionaron. A nivel nacional, recién en noviembre del año pasado la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley de talles que busca establecer un “Sistema Unico Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria” (SUNITI) correspondiente a medidas corporales estandarizadas, y que ya tenía sanción del Senado. Es un tema vinculado con la igualdad, con la defensa del consumidor, con la salud de la población y el respeto. No queda más que desear que Catamarca pueda ahora canalizar la inquietud de tantas personas y ofrecer una solución definitiva.

RECUERDOS. Como lo hacemos habitualmente, en el último bloque rememoramos acontecimientos del pasado cercano.
La ciudad de Recreo, en diferentes momentos, fue escenario de tensos momentos políticos. En julio de 1995, por ejemplo, el Concejo Deliberante suspendía por 30 días al exintendente, Ricardo Vargas (PJ), a quien se acusaba de haber firmado un decreto disponiendo el cese de actividades de varios empleados. El hecho originó un escándalo del que, tratando de oficiar de mediador, participó el sacerdote Héctor Salas. Mientras tanto, desde la Capital, el exministro de Gobierno, Raúl Póliche, negaba que existiera una persecución ideológica y justificó la asunción como intendente del exconcejal radical Damián Espeche. Sin embargo, Vargas revió los despidos y reasumió para completar su mandato cinco meses más tarde, el 10 de diciembre de 1995.

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