Desde la bancada periodística

Como en las películas

sábado, 26 de junio de 2021 02:00
sábado, 26 de junio de 2021 02:00

Jamás en los dos siglos de historia catamarqueña, se realizó aquí un juicio por jurados, pero casi todos conocemos a grandes rasgos la mecánica de estos procesos legales. Crecimos viendo en películas y series cómo se desarrolla un debate en el cual la palabra decisiva, la absolución o la condena, corre por cuenta de ciudadanos comunes y corrientes.

Como toda cuestión humana, el sistema no es perfecto, pero tampoco inútil: habrá funcionado algunas veces de manera brillante, habrá fallado otras tantas.

Hace cientos de años que se lo aplica alrededor del mundo, pero lejos está de ser un mecanismo masivo. Mientras algunos países lo tienen instalado hace tiempo, en otros avanza lentamente como una experiencia nueva.

En Argentina, al día de hoy se contempla en nueve provincias: Catamarca será la décima, si prospera el proyecto enviado a la Legislatura por el Gobernador Raúl Jalil.

En este punto podría aventurarse algún juicio de valor, para pronunciarse a favor o en contra de los juicios por jurados; pero no es tan sencillo.

Incluso entre expertos juristas y hombres de leyes, conviven opiniones diferentes. Determinar de antemano si se trata de una iniciativa positiva o negativa resultaría apresurado, pero sin duda es un cambio notable para la justicia provincial.

Veamos en todo caso cuáles son las defensas y críticas más recurrentes en torno a esta clase de juicios.

Fundamentos                                                                                                                                                                       

En los fundamentos del proyecto, la iniciativa se celebra abiertamente: “La Provincia de Catamarca encara con esta ley de juicio por jurados la reforma de su sistema judicial hacia formas cada vez más acusatorias, orales, públicas y con plena participación ciudadana, tal como lo ordenan los Arts. 24 y 118 de la Constitución Nacional. Catamarca es así la décima provincia del país en ajustar su derecho interno al mandato imperativo de nuestra Carta Magna. Fue el célebre procesalista Tomás Jofré quien señaló, a inicios del siglo XX, que las tres disposiciones constitucionales sobre el juicio por jurados fueron votadas por unanimidad por todos los constituyentes de aquel entonces. A fines del siglo XX, los procesalistas de la Argentina señalaron que la opción constitucional por el juicio por jurados para todos los fueros implicaba la adopción de un modelo de justicia acusatorio, adversarial, público y oral, bien lejano de la justicia inquisitorial, secreta, escrita y por expedientes. Catamarca hoy dará a luz un jurado popular para el fuero penal como lo soñaron los constituyentes de 1853 y, mucho antes que ellos, Monteagudo, San Martín, Sarmiento, Dorrego y los padres fundadores de la Patria”.

“(...) Entendemos que se debe avanzar hacia la implementación del juicio por jurados, por considerar que se trata de un pilar fundamental en el sistema democrático de administración de justicia, asegurando la participación ciudadana en las decisiones judiciales, así como la publicidad y transparencia que debe signar la actividad de todos los órganos estatales del sistema republicano. Permite el acercamiento recíproco de la sociedad civil al sistema judicial, del sistema judicial hacia la sociedad civil, en un fructífero intercambio de visiones que involucren la administración de justicia con la realidad social y los valores comunitarios diversos y plurales. Por otra parte, al facilitar el acercamiento del pueblo a la justicia se construye un ejercicio responsable de la ciudadanía, comprometiendo a los habitantes con su decisión y legitimando así democráticamente las resoluciones judiciales en los casos más graves en materia penal. Permite además que la persona acusada sea juzgada por sus pares, lo cual proporciona una forma de democracia directa que le da al veredicto de culpabilidad o no culpabilidad una fuerza política y social indiscutible”, son algunos de los argumentos expuestos al momento de impulsar la novedad.

El pueblo juzga

Lo concreto es que se otorga al pueblo el rol de juez. Algunos juristas creen que los ciudadanos aportan sentido común y honestidad a la Justicia. Los que critican el sistema de juzgamiento desconfían de su idoneidad y creen que la medida es demagógica.

Cuando la opinión de los jueces y la de los jurados populares coincide, todo queda en paz.

Pero, ¿qué sucede cuando hay diferencias fuertes?, ¿cómo hacen los magistrados para fundamentar un fallo con el que no concuerdan?, ¿aumentan las apelaciones?, ¿se aceleran los tiempos judiciales o todo lo contrario?, ¿es valiosa la opinión de un inexperto en leyes?

En cada provincia donde desembarcaron los jurados surgieron los mismos dilemas.

Oscar Boni, ex juez de Cámara con dilatada experiencia en los tribunales cordobeses, no deposita grandes expectativas en el nuevo formato de juzgamiento.

Para él “la participación ciudadana ya está garantizada desde hace más de 70 años con la oralidad y la publicidad de los juicios”.

Eduardo Zabala, abogado penalista, se distancia con más vehemencia: “Si a vos te tienen que operar del corazón, ¿a quién vas a elegir? ¿A un tipo honesto que no sabe nada de medicina? No, vas a buscar a un especialista idóneo. Con la Justicia pasa lo mismo, con la honestidad sola no alcanza, yo quiero que me juzgue alguien que conozca de leyes”.

Idoneidad

Uno de los cuestionamientos más fuertes pasa por la idoneidad. ¿Por qué ceder la aplicación de la Ley a alguien que no conoce de leyes?

El juicio por jurados encuentra su origen en la antigüedad, ya sea en el tribunal de los heliastas en Grecia, en la provocatio ad populum de Roma o en las juntas comunitarias escandinavas del siglo VII. Más adelante en el tiempo, en el mundo anglosajón, el jurado tuvo un rol central como límite al poder estatal, siendo trasladado a los Estados Unidos donde su actividad adquirió un tenor democratizante y republicano. Desde allí ha sido tomado por varios Estados de la región que en algunos casos lo han incorporado a sus constituciones.

Quienes se oponen señalan la mencionada falta de conocimiento o de formación de los ciudadanos y ciudadanas que son convocados, que los jurados son fácilmente influenciables, los costos elevados de la implementación, que todo se hace más lento, etc.

Quienes lo defienden recuerdan la crisis de legitimidad del sistema de administración de justicia, la compatibilidad con el sistema de enjuiciamiento acusatorio, el carácter accidental de quienes intervienen como jurados y las mayores garantías que brinda para los litigantes en lo que hace al derecho a contar con un tribunal imparcial, y el mayor resguardo de derechos fundamentales para el imputado.

Conclusión

Habrá que esperar para ver cómo se aplica el sistema en Catamarca. No hay un método unánime. Para dictar un veredicto condenatorio hacen falta diez votos o unanimidad según se trate o no de delitos con pena de prisión perpetua en Buenos Aires, diez votos sobre doce o seis sobre siete según sea un panel de jurados de siete o doce ciudadanos sea en Río Negro, ocho votos sobre doce en Neuquén y unanimidad en la ley de Chaco. Claramente la regulación de este aspecto es muy diferenciada según cuál sea la jurisdicción que se trate.

El juicio por jurados merece por lo pronto una oportunidad. Si la sociedad y el propio mundillo judicial se liberan de prejuicios y permiten que se desarrolle, puede abrir una etapa fructífera y superadora.

Tiempo habrá para correcciones si es que se advierten como necesarias.

El Esquiú.com

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Comentarios

27/6/2021 | 19:36
#149006
El juicio por jurados no solo es el cumplimiento de la Constitución de la Nación, es también República. El juicio con jueces es monárquico, el jurado es republicano. Bien por la provincia
27/6/2021 | 17:37
#149005
Completa, estructurada y muy bien escrita. Los que no entienden, no van a aplaudir y dirán que no dice nada. Los juicios por jurado son interesantes porque es el pueblo el que absuelve o condena. Y hay mucho menos probabilidades de corrupción cuando los verdaderos jueces SON LOS MIEBROS DEL JURADO. Cuando son los Da Pra, los morales, los Herrera y tantos otros, la coima está a la orden del día. En Buenos Aires, se ha visto jueces multimillonarios, uno de ellos hasta dueño de un local en la calle Rivadavia frente a los bancos. Bien por el Juicio por Jurados. Modos hay de elegirlos por parte de la defensa por lo cual los ignorantes o los discriminadores no son admitidos como jurados.
26/6/2021 | 19:58
#149004
Leí la nota editorial, y realmente no dice nada como siempre, y yo quería opinar de esta manera, Y???. Pero mirá vos che.. lo único que lamento es y la existencia de personas que con una palabra, pretenden insultar o degradar a otros que opinan o se manifiestan, haciéndolo desde el anonimato pusilánime. No obstante, lo de cabezahueca, está muy bien porque no es un agravio, tengo mucho para leer y aprender hasta que viaje, y puedo asumirlo hasta como un elogio, siempre y cuando el remitente no solo haya acumulado neuronas para ser un fámulo, mas allá de su coeficiente intelectual que ni quiero conocer.
26/6/2021 | 15:09
#149003
no leiste la nota o no sabes leer carlos segura, no lo presenta como una maravilla ni nada, no opinés si solo lees el titulo cabezahueca
26/6/2021 | 12:19
#149002
SABEMOS que el problema de la justicia es otro, es estructural y con diversos orígenes.Publicitar esta ta modalidad de juicios como algo que modifique el sistema y sea el fin de irregularidades e injusticias, es una falacia. Y esto de mostrarlo a la sociedad en una nota editorial como algo maravilloso e ideal solo visto en las películas, generalmente del país del norte, es subestimar el intelecto de los lectores, que ya desde pequeños, en muchas producciones fílmicas nos inculcaron a muchas generaciones el odio a los indígenas, los negros y a otras ideologías que no fueran las de ese país.

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