El Secretario

lunes, 21 de noviembre de 2022 00:25
lunes, 21 de noviembre de 2022 00:25

El funcionamiento de los municipios

A los problemas que comentamos durante la semana por situaciones irregulares en municipios como Santa Rosa y Los Altos, que implican al oficialismo, se podrían sumar otros en diversos puntos del territorio. Es que en los municipios que no cuentan con Carta Orgánica y resuelven aplicar la Ley Orgánica Municipal pueden hacer las más variadas travesuras sin que el Gobierno central pueda intervenir o poner cotos a excesos como los de mantener a un intendente procesado por abuso sexual o, como ocurrió en Los Altos, “hacer jurar transitoriamente” a un concejal suplente porque el titular se negó a dar quórum y explicó por qué lo hizo. El tema preocupa a la nueva conducción del Ministerio de Gobierno y se lo debería anotar en la agenda de una eventual reforma de la Constitución, única forma de poner en claro el orden institucional.


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Dentro de poco tiempo, conforme a un eventual dictamen de la Corte de Justicia, podría emerger otro escándalo con posibilidades de contagio. Es que el máximo tribunal debe resolver la habilitación que, días antes de jubilarse, le otorgó un juez al intendente Guillermo Ferreyra para que pueda presentarse en las elecciones de 2023 intentando un tercer mandato consecutivo, lo que está terminantemente prohibido por la Carta Orgánica del municipio chacarero. Aclaramos que existe jurisprudencia de la propia Corte que, en 2011, rechazó la pretensión de Gustavo “El Gallo” Jalile de eternizarse en el cargo de intendente de Valle Viejo, algo que desechó de antemano quien era intendente de Capital: Ricardo Guzmán.


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Sospechamos que por la salud democrática y la imagen del gobierno, a Ferreyra no le quedará más remedio que esperar que pase un mandato (2023-2027) si pretende seguir como jefe comunal. Si lo habilitan habrá escándalo y todos buscarán la misma prerrogativa. Es que las cartas orgánicas de Capital, Valle Viejo, Fray Mamerto Esquiú, Belén, Andalgalá y Recreo son iguales. El primero que la hizo fue Brizuela del Moral y los otros municipios copiaron el modelo capitalino.
El Esquiú.com
 

Comentarios

21/11/2022 | 09:07
#149006
Al del comentario #0 hay que aclararle que la cláusula que cita no tiene nada que ver con lo qu ordenan las cartas orgánicas que impide el tercer mandato de los intendentes, de tal manera que lo anticonstitucional de aquello no tiene aplicación para un ordenamiento jurídico que taxativamente fue consensuado, estipulado y votado por los órganos de representación ciudadana y sobre lo que, tal cual lo dice claramente El Secretario, ya hay jurisprudencia a partir de un fallo anterior de la Corte sobre el mismo incidente.
21/11/2022 | 07:15
#149005
Increíblemente, en 1990 y vigente la Constitución Provincial de 19888, hay una cláusula taxativa que dice que no podrán ser Candidatos a Gobernadores quienes participaron de gobiernos de Facto. Pues bien, en una presentación del Dr. Herrera, la Corte de Justicia falló que era inconstitucional y que Arnoldo castillo podría ser candidato, a pesar de haber sido de facto como Intendente y como Gobernador. Pero en la siguiente Carta Orgánica Municipal de LA CAPITAL BdM y sus colegas LA PUSIEROIN COMO IMPEDIMENTO ¡!. No se si otros la copiaron, pero al menos en la Capital, está esa claúsula que fue considerada INCONSTITUCIONAL para un RADICAL. ¡No se si lo será para un PERONISTA!

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