Incluidos los colegios subvencionados por el Estado
Proponen el uso del guardapolvo blanco obligatorio para la primaria
La iniciativa del diputado Guillermo Andrada propone que las escuelas públicas y de gestión privada se distingan con un logo.
Ingresó a la Cámara de Diputados un proyecto de Ley que plantea la obligatoriedad del uso del guardapolvo blanco para todos los alumnos de nivel primario en todas las escuelas públicas y aquellas subvencionadas por el Estado con el objetivo de eliminar el uso del uniforme. La iniciativa pertenece al legislador Guillermo Andrada, y contempla la salvedad de que cada institución podrá imprimir su logo identificatorio en el guardapolvo. En la provincia ya existe una resolución ministerial similar al reciente ingresado que data del año 2011, pero jamás se puso en práctica.
La propuesta de Andrada tiene como objetivo principal recuperar la utilización del guardapolvo blanco en el ámbito de la comunidad educativa, considerado signo y símbolo de pureza, igualdad, higiene y democracia.
Además el proyecto establece que el uso obligatorio del guardapolvo blanco sea para docentes y alumnos de nivel primario en los establecimientos educativos de gestión pública y privada con aporte estatal. Así todos los estudiantes de la provincia están obligados a utilizar, un mismo tipo y calidad de guardapolvo conforme a las características que se establezcan por vía reglamentaria, mientras será el Ministerio de Educación desde donde se provea la indumentaria de confección local.
El parlamentario fundamentó el proyecto de Ley manifestando que, “en la actualidad el guardapolvo se ha sustituido por uniformes con características determinadas por cada institución escolar, ocasionando con ello un menoscabo de los principios de igualdad, gratuidad, accesibilidad y equidad. El uso del guardapolvo tiene un fuerte componente histórico con implicancia simbólica en nuestro país”.
Agrega que “es claro que aquellos objetivos históricos que propugnaban el guardapolvo blanco como un vestuario económico, higiénico y democrático de la escuela, deben ser recuperados además de considerarlo como un símbolo igualador que diluya las diferencias sociales”.
A su vez destacó que si el uso es por Ley, disminuiría los gastos en muchos hogares, por parte de padres que deben cumplir con uniformes determinados con altos costos.
Resolución
Además del proyecto del legislador Guillermo Andrada, existe desde 2011 una resolución ministerial para que todas las escuelas de la provincia adopten el uso del guardapolvo blanco, sin embargo esta medida jamás se respetó.
La disposición en aquel entonces la había tomado el ministro de Educación de la Provincia, Mario Perna, quien firmó la resolución en la que como medida principal, recomendó “el uso del guardapolvo blanco” tanto para el nivel primario como para el secundario.
La Resolución Ministerial es la Nº 12, del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la provincia, en los fundamentos de la misma establece que “el uso de los diferentes uniformes escolares adoptados por los establecimientos educativos de la provincia y las continuas modificaciones de diseño y exigencias al alumnado se encuentra más bien ligada a una idea de comercio que al de distinción escolar, provocando divergencias respecto de la posibilidad económica de los destinatarios para el cumplimiento de estos requisitos”.
El artículo 1 de la Resolución Nº 12, recomienda el uso del guardapolvo blanco “como uniforme de base para todo el sistema educativo”, para los educandos del nivel primario y del secundario, en todos los establecimientos públicos y en los de gestión privada subvencionados por el Estado.
Si los alumnos carecen del guardapolvo blanco, se aceptará excepcionalmente el uniforme de gimnasia. Con relación a las escuelas técnicas y artísticas, se dispone la indumentaria “exigida por la dinámica de la modalidad”.
Finalmente, la Resolución Nº 12 dice que se permitirá un uniforme determinado en el caso de un acuerdo entre padres, directivos y demás integrantes de la comunidad educativa de cada establecimiento. Igualmente, se pone como condición de que las modificaciones totales o parciales de la indumentaria “deberán ser previamente acordadas por la comunidad educativa y plasmada en el marco de los Acuerdos de Convivencia, sin cuyo requisito carece de validez cualquier pretensión de modificación”.