Gendarmería podrá aplicar multas en las rutas nacionales

Cambios en la norma nacional.
viernes, 12 de enero de 2018 08:41
viernes, 12 de enero de 2018 08:41

Los efectivos de Gendarmería Nacional podrá aplicar multas en las rutas nacionales: así lo dispone una reciente modificación en la Ley Nacional de Tránsito, autorizada por un decreto presidencial.

Gendarmería Nacional podrá controlar el cumplimiento de las normas de tránsito en las rutas, autovías y autopistas nacionales, incluyendo la aplicación de multas, según una modificación por decreto del presidente Mauricio Macri.

 “La Gendarmería Nacional y la Agencia Nacional de Seguridad Vial tendrán a su cargo la constatación de infracciones de tránsito en rutas, autopistas, semiautopistas nacionales y otros espacios del dominio público nacional”, dice el texto que fue introducido al artículo 2° de la ley 24.449.

 “Facúltase a la Gendarmería Nacional y a la Agencia Nacional de Seguridad Vial a actuar de manera complementaria con los organismos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires afectados a las tareas de prevención y control de tránsito”, dice el texto.

¿Podrán convivir dos controles en la ruta: Policía Caminera de las provincias y Gendarmería Nacional? En algunas provincias rechazaron la aplicación de ese cambio, porque consideran que por más que una ruta sea nacional, el control del tránsito corresponde a cada jurisdicción local o provincial.

Otra modificación es la obligatoriedad de usar casco para andar en cuatriciclo. Con el cambio, ahora serán considerados como un “vehículo automotor”, con lo cual también deberán tener licencia para conducir de una categoría especial y seguro obligatorio.

Como las compañías aseguradoras no expiden pólizas a vehículos sin dominio, los cuadriciclos deberán tener algún tipo de patente. Sin embargo, no podrán circular por cualquier lado: estarán “circunscriptos a terrenos públicos delimitados por autoridades locales”, además de predios privados.

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1%
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41%
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2%
Tristeza
2%
Incertidumbre
3%
Indiferencia

Comentarios

12/1/2018 | 11:18
#149003
GENDARMERIA ASESINA
12/1/2018 | 10:27
#149002
Aclaracion para el redactor: los cuatriciclos tienen dominio y se registran como los autos o motos. Eso no implica el uso de patentes, eso es otra cosa. La patente es exigible para circular en rutas, calles y avenidas. Los cuatriciclos estan autorizados para uso rural o ejido municipal. Consultar la normativa en el sitio de la dnrpa
12/1/2018 | 10:11
#149001
En un país serio , prolijo y respetuoso de las leyes y la convivencia, cualquier control que efectúe el estado através del gobierno, es para resguardar la vida y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Pero en este pais currero, coimero y transgresor el propio estado toma este tipo de medidas solo para recaudar mas y potenciar la corrupción de quien esta a cargo de los controles.
12/1/2018 | 09:12
#149000
Con respecto a la nota ,antes mencionada,depende siempre de que lado se esta a la hora de implementar alguna medida,para las personas particulares ,una cosa para las intituciones que utilizan este tipo de medios de movilidad para llegar a lugares que no puede ingresar un vehiculo comun otras normas,Por ejemplo bomberos ,defensa civil entre otras utilizan cuatriciclo y no tienen problema,no asi los particulares.Aclaro que no cuento con este tipo de vehiculo pero habria que establecer una normativa que reglamente para todos los modos y condiciones de uso.