¡Polémico!
Autorizan a las fuerzas de seguridad a disparar a sospechosos en fuga
El ministerio de Seguridad publicó este lunes 3 de diciembre en el Boletín Oficial el nuevo protocolo para el uso de armas de fuego para las fuerzas de seguridad, que está siendo fuertemente criticado por la oposición.
Este protocolo está siendo fuertemente cuestionado. Desde la Coordinadora contra la represión policial e institucional (CORREPI) advirtió que "con esta norma, no sólo se multiplicarán al infinito los ya muy frecuentes fusilamientos de gatillo fácil, sino que sus autores materiales serán automáticamente impunes por imperio ministerial".
Los agentes de las fuerzas federales de seguridad podrán usar armas letales frente al delito sin necesidad de dar la voz de alto y sin agresión directa previa, según lo establece el Reglamento General para el Empleo de Armas de Fuego que fue publicado este lunes en el Boletín Oficial.
La resolución 956/2018, firmada el 27 de noviembre por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, (que entró en vigencia un día después) dispone que en cumplimiento de su deber se utilicen armas de fuego en las siguientes situaciones:
a) En defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves.
b) Para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas.
A continuación te presentamos el reglamento completo: