Publicado hoy en el Boletín Oficial
La ANMAT prohibió aceites, budines, especias y varios comestibles
Mediante varias disposiciones publicadas en el Boletín Oficial de este jueves, el organismo informó sobre diferentes irregularidades en una serie de productos alimenticios.La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), prohibió este jueves, mediante varias resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, la comercialización de los productos rotulados como: “Cacao Nibs Raw y Orgánicos”, marca Prana, producto de Ecuador y “Bayas de Goji Orgánicos”, marca Prana, producto de China, que no cumplen con la normativa alimentaria vigente.
Mediante la disposición 176/2020 publicadas en el Boletín, el organismo dio a conocer algunas irregularidades y la comercialización de los productos mencionados, ya que “no cumplen con la normativa vigente por no consignar identificación del titular (razón social; número de RNE; dirección), denominación, identificación del lote, número del Registro Nacional de Producto Alimenticio y además figuraban leyendas y logos no autorizadas por la normativa”.
Además, la disposición 177/2020 fija la prohibición de la comercialización de los productos "Aceite de Nuez, PureWalnutOil, Omega 3-6-9 y vitaminas” y “Aceite de Nuez Frutado, PureFruityWalnutOil. Omega 3+6+9 y vitaminas”, ambos marca: VITA NUSS, elaborado por Nogales S.R.L., en Av. Alem 2350, La Rioja, R.N.E. N° 12000768, como así todo otro producto bajo el mencionado R.N.E., por “utilizar el símbolo de Alimento Libre de Gluten sin estar registrado como tal, resultando ser un alimento falsamente rotulado, y ser en consecuencia ilegales”.
Por su parte, la disposición 178/2020 avisa de la prohibición de comercialización de los productos: "Budín sabor chocolate relleno con dulce de leche y mousse sabor chocolate cubierto con baño de repostería y chips de chocolate" (nombre de fantasía: Budín Delicias, marca: Nevares), “Mini torta sabor chocolate con dulce de leche y mousse sabor a vainilla cubierta con baño de repostería”( marca: Nevares), “Galletitas dulces rellenas con dulce de membrillo” y “Galletitas dulces con membrillo”, marca: Aires de Lujan (nombre de fantasía: Pastafrola), “Oblea con relleno tipo mousse sabor de chocolate y maní con baño de repostería”, marca: Smack, entre otras galletas de la marca Nevares.
Finalmente, en la disposición 182/2020 se prohíbe la comercialización del producto “Mix de Especias, 7 Especias, Tridosha – Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065021, elaborado por Artesanos Gourmet, con logo facultativo Sin TACC y por carecer de autorización de producto y de establecimiento para elaborar alimentos libre de gluten, por utilizar el símbolo de Alimento Libre de Gluten sin estar registrado como tal y por estar falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia ilegal".
Es por ello que advierten a la población celíaca, "que se había retirado en forma preventiva del mercado el producto mencionado por no estar autorizado como libre de gluten y recomendó a quien haya comprado o tuviera dicho producto en su poder se abstuviese de consumirlo y advirtió a los expendedores cesar su comercialización".