Resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad

Las personas con discapacidad que consigan trabajo no perderán la pensión

Las personas con discapacidad que consigan trabajo no perderán el beneficio de las pensiones por invalidez, siempre y cuando el sueldo no supere las cuatro jubilaciones mínimas.
jueves, 20 de febrero de 2020 13:08
jueves, 20 de febrero de 2020 13:08

El Gobierno dispuso que las personas con discapacidad que consigan trabajo no perderán el beneficio de las pensiones por invalidez, siempre y cuando el sueldo no supere las cuatro jubilaciones mínimas.

La resolución 34/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) , que lleva la firma de su titular Claudio Flavio Augusto Esposito, fue publicada ayer en el Boletín Oficial y expresa que las personas con discapacidad que posean una pensión no contributiva podrán seguir cobrando el beneficio previa notificación al organismo.

En caso de que la remuneración supere el límite establecido, la Andis procederá a la suspensión del beneficio. No obstante, aclara que en caso de ser despedido o el periodo laboral finalizado, el "beneficio será restablecido de manera inmediata".

"La suspensión y el alta del beneficio podrá ser solicitado por el beneficiario tantas veces como se verifique la existencia de un vínculo laboral formal, en cualquiera de las formas que establece la ley 20744, 21297, 24013, 25371, 26.844, 25.154, 22431 (artículos 8, 21 inciso a), 23, 26.727, y demás regímenes especiales laborales vigente en la República Argentina", expresa el texto de la resolución.

El titular de la Agencia Nacional de Discapacidad, Claudio Espósito, dijo que “las personas que contaban con una pensión, frente a la posibilidad de acceder a un empleo registrado, optaban por conservar la pensión porque era incompatible con el empleo”.

Pero desde la Agencia, continúo Espósito, "queremos fomentar el empleo de calidad para el colectivo y garantizar la equiparación de oportunidades que supone que la pensión sea compatible con el empleo de más baja remuneración, considerando que las personas con discapacidad, suelen incurrir en mayores gastos”.

Además, indicaron que “una vez finalizada la relación laboral, y percibido en caso de corresponder el subsidio por desempleo, notificará dicha circunstancia en forma inmediata a la Agencia Nacional de Discapacidad, la que procederá en forma inmediata a la restitución de la pensión no contributiva por invalidez, oportunamente otorgada”.

“Con esta medida se garantiza a las personas con discapacidad el beneficio de la pensión no contributiva, favoreciendo el derecho al trabajo digno registrado en los términos de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, y frente a la pérdida del mismo, el acceso al inmediato beneficio suspendido, brindando un apoyo efectivo del Estado para las personas con discapacidad”, concluye el comunicado.

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