Fronteras: nuevo régimen de ingresos y egresos al país desde el 9 de enero

viernes, 8 de enero de 2021 17:15

Luego de que hoy se conociera el decreto 4/2020, así quedo el nuevo régimen de ingresos y egresos al país a partir de mañana:

  • Los aeropuertos de Ezeiza y San Fernando serán los únicos accesos habilitados para el ingreso al país de ciudadanos y/o residentes argentinos. 
  • Se exigirá la presentación de un test PCR negativo hecho en las 72 horas previas y el aislamiento obligatorio durante 7 días. 
  • Queda restringido el ingreso de extranjeros, salvo casos expresamente autorizados por la Dirección Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior, que aceptará ingresos bajo condiciones de reunificación familiar o por cuestiones laborales.
  • A partir de las recomendaciones del ministerio de Salud continúan suspendidos los vuelos desde y hacia Reino Unido, a raíz de la situación epidemiológica de dicho país por la nueva cepa de COVID-19. 
  • Se recomienda a todos los argentinos/as y residentes, especialmente pertenecientes a los grupos de riesgo, no viajar al exterior, a fin de evitar las dificultades y condiciones sanitarias exigidas al reingreso, considerando la rápida evolución de las condiciones epidemiológicas.
  • Vía terrestre se permitirá únicamente el ingreso de argentinos o residentes que salieron del país antes del 25 de diciembre de 2020;  los que hubieren egresado con posterioridad deberán ingresar a través de los aeropuertos habilitados a tal fin, exclusivamente. En todos los casos deberán contar con el requisito de PCR negativo y realizar cuarentena obligatoria de 7 días.  
  • Los pasos fronterizos de San Sebastián (en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur) e Integración Austral (Santa Cruz) quedan exceptuados de la restricción de egresos e ingresos, para garantizar el tránsito con la República de Chile y la conexión con el resto del territorio argentino.
  • El resto de las las fronteras terrestres estarán cerradas.

Exceptuados
-Personal de transporte internacional y tripulaciones quedan exentos de los requisitos, bajo la aplicación de los protocolos sanitarios específicos, en el ejercicio exclusivo de su actividad.
-Para el caso de los deportistas enmarcados en protocolos específicos para eventos deportivos, previa autorización de la DNM y autoridad Sanitaria. Su actividad será supervisada por el Ministerio de Turismo y Deportes.

RECORDAR: las medidas se extenderán hasta el 31 de enero inclusive.

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