Mediante Resolución publicada en el Boletín Oficial

Desde hoy, no habrá límite de ocupación en el transporte público

Los vehículos sin aire acondicionado deberán circular con las ventanillas abiertas durante todo el viaje a fin de mantener la máxima circulación de aire.
lunes, 25 de octubre de 2021 08:35

Los colectivos urbanos y suburbanos y los trenes metropolitanos y regionales no tendrán desde hoy un límite de ocupación en la cantidad de usuarias y usuarios transportados, aunque las empresas deberán garantizar la máxima frecuencia de sus servicios y que todos los vehículos circulen con las ventanillas abiertas.

La medida se formalizó través de la publicación en el Boletín Oficial de la resolución 389/2021 del Ministerio de Transporte ante el avance del Plan Nacional de Vacunación.

Al dejar de haber límite en el aforo en el transporte público de pasajeros, las empresas deberán garantizar la máxima frecuencia de sus servicios, tomando en cuenta la disponibilidad de vehículos y personal de conducción habilitados.

Asimismo, expresa el texto oficial, "los vehículos de transporte automotor sin aire acondicionado: deberán circular con la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertos durante todo el viaje a fin de mantener la máxima circulación de aire".

En línea con las disposiciones de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), se extremarán los recaudos para la desinfección e higiene de los vehículos, cumpliendo con las medidas que determine la autoridad sanitaria; se garantizará la circulación interna dentro del vehículo y se exigirá el uso obligatorio de elementos de protección para seguir "fomentando el respeto por el distanciamiento social, tanto en paradas, como en estaciones y apeaderos".

De todos modos, se recomendó en lo posible la utilización de medios de movilidad personal y el uso de los servicios de transporte público fuera de los horarios de mayor demanda, para evitar las aglomeraciones de personas.

La medida de hoy excluye a las zonas, provincias o regiones que se encuentren en situación de alarma epidemiológica, donde el uso de los servicios públicos de pasajeros quedará reservado exclusivamente a aquellos afectados a las actividades y servicios esenciales, explicó la cartera de Transporte.

En estos casos, los vehículos no podrán superar la capacidad de asientos disponibles, con excepción de los horarios de mayor demanda que se permitirá hasta 10 personas de pie.

También se invita a "las provincias, municipios y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a lo resuelto en la presente medida".

 

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