Los trabajadores vacunados podrán ser convocados a retomar a la presencialidad
Los empleadores podrán convocar al personal 14 días después de haberse inoculado con al menos la primera dosis.El Ministerio de Trabajo de la Nación, mediante un comunicado aclaró que los empleadores podrán exigir la presencialidad de los trabajadores que ya fueron vacunados contra el coronavirus con al menos la primera dosis.
De acuerdo a la Resolución 4/2021, emitida el 9 de abril pasado, el titular de la cartera Claudio Moroni, remarcó que el llamado a la presencialidad solo puede tener efecto "una vez transcurridos 14 días de la inoculación”, pero exceptúa a los trabajadores de la salud, quienes deberán completar el esquema de vacunación.
"La medida sólo exceptúa a las personas incluidas en el artículo 3°, incisos V y VI de la Resolución N° 627/2020 del MINISTERIO DE SALUD, esto es, los trabajadores con inmunodeficiencias, oncológicos y/o trasplantados", remarcó el documento.
Y agregó: "Se dispensa del deber de asistencia al trabajo a los trabajadores y trabajadoras mayores de SESENTA (60) años, embarazadas y/o que se encuentren comprendidos en alguno de los grupos de riesgo definidos por la autoridad sanitaria, es complementada por la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD y del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 4/2021, que regula la posibilidad de convocar a los trabajadores, incluidos los dispensados, debidamente vacunados que podrán retornar a sus actividades luego de transcurrido el tiempo considerado necesario para la inmunidad", completó el texto.
En febrero pasado, el sector privado había pedido al Gobierno que aquellos empleados considerados población de riesgo por el coronavirus puedan volver a trabajar si se habían aplicado al menos una dosis de la vacuna.
Si bien el retorno a la presencialidad para estos casos había sido avalado por el Gobierno a principios de abril, con el dictado de las nuevas restricciones se generó nuevamente la duda en torno a la interpretación de la norma.
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