El Gobierno lanzó créditos a tasa cero para monotributistas

De acuerdo a la categoría, se podrá solicitar entre $90.000 a $150.000 a partir de fines de agosto.
jueves, 12 de agosto de 2021 08:18
jueves, 12 de agosto de 2021 08:18

El Gobierno nacional lanzó una línea de créditos a tasa cero para monotributistas de hasta $150.000, según la categoría, y devolverlo en un plazo de un año con seis meses de gracia.

Los anuncios realizados ayer en Casa Rosada, luego de la reunión de gabinete económico que encabezó el presidente Alberto Fernández, alcanzará a más de un millón de monotributistas y estará disponible a fines de agosto.

Los préstamos se acreditarán en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada monotributista, el que contará con 6 meses de gracia y deberá realizar la devolución en 12 cuotas sin intereses.

Los créditos se podrán solicitar a partir de fines de agosto desde la página web de la AFIP, donde el sistema informará el monto máximo del crédito al que podrá acceder cada monotributista, dependiendo de la categoría de monotributo a la que pertenecía al 30 de junio, es decir antes de que opere la recategorización.

De esta manera, la Categoría "A" podrá solicitar un crédito de hasta  $90.000, la Categoría "B" de hasta $120.000 y el resto de las categorías hasta $150.000.

Además, el Ejecutivo indicó que "quienes hayan accedido a un Crédito a Tasa Cero el año pasado podrán tramitar un nuevo préstamo en 2021", y puntualizó: "Cuando el solicitante se encuentre en situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito a cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior". .

Requisitos

Entre los requisitos a cumplir se detalló que el solicitante deberá estar adherido al monotributo y no percibir un ingreso en relación de dependencia, ni jubilación, y no prestar servicios al sector público, es decir, cuando al menos el 70 % de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público.

El beneficiario no debe estar en situación 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central, y no podrá acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera.

Tampoco podrá ingresar en procesos de canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

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