Carlos Heraldo Toledo fue declarado reincidente
Rerpartía drogas en moto y lo condenan a 4 años y 6 meses
También fue condenado Carlos Martín García a la pena de dos años de prisión en suspenso por simple tenencia. Ambos deberán realizar tratamiento.
Carlos Heraldo Toledo, un joven que tenía un “delivery” de drogas, fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal, a la pena de 4 años y medio de prisión como autor del delito de transporte y distribución de estupefacientes con fines de comercialización y fue declarado reincidente, ya que tiene en su haber una condena previa por infracción a la ley de estupefacientes. Junto a Toledo, los jueces condenaron también a Carlos Martín García a dos años de prisión en suspenso, por el delito de tenencia simple. Ambos deberán realizar una rehabilitación por adicción.
El debate se llevó a cabo en una sola jornada. Los imputados se negaron a prestar declaración indagatoria, aunque se dio lectura a los testimonios que dieron durante la investigación de la causa en la que habían negado que las drogas que les encontraron en su poder fueran para comercializarlas, y aseguraron que eran adictos.
El hecho por el que llegaron a juicio los acusados ocurrió el 1º de julio de 2008. Ambos fueron sorprendidos por la policía en actitud sospechosa circulando en una motocicleta. Al advertir la presencia policial, intentaron darse a la fuga, pero en medio de la carrera chocaron con otra motocicleta, lo que permitió que fueran aprehendidos.
Ayer, en la audiencia, el único testigo que declaró fue el conductor del rodado con el cual se accidentaron, quien afirmó que pudo ver cuando después del choque, uno de los delincuentes arrojaba un envoltorio, que luego fue levantado por los uniformados. Y se comprobó que era marihuana. El testigo también vio cuando uno de ellos le entregaba a un muchacho que estaba cerca un teléfono celular y le pedía que se lo lleve.
Delivery
Al momento de exponer sus alegatos, el fiscal de Cámara Víctor Manuel Monti destacó que estaba acreditada la autoría de los hechos por parte de los acusados. Y en el caso de Toledo, señaló que era evidente que estaba distribuyendo marihuana en distintos puntos de la ciudad.
Y en tal sentido, destacó que en un teléfono celular que se le secuestró, se pudieron comprobar múltiples mensajes de texto que recibía en los que, desde distintos números, le pedían variadas cantidades de “faso” o “sofía” y otras formas de denominación de la marihuana y cocaína en la jerga callejera. Los mensajes incluían datos de los gramos que pedían, y hasta donde acordaban un horario para efectuar pagos y entregas.
Ante ello, Monti concluyó que el contenido de los mensajes de texto eran prueba evidente de la comercialización de drogas por parte de Toledo. Por ello solicitó una pena de 5 años de prisión por el delito de distribución y transporte de estupefacientes para él; y de dos años de prisión para García, en su caso por tenencia simple de estupefacientes.
Por su parte, por la defensa de Toledo, el abogado Pedro Vélez pidió que su asistido fuera condendado por simple tenencia. Consideró que no estaba suficientemente probada la comercialización y que no se había acreditado que el celular fuera de su cliente.
El defensor oficial, Manuel Moreno, en tanto, reclamó la absolución de García debido a que nunca se encontró ninguna clase de drogas a su defendido y además explicó que su conducta fue una situación privada que no atentó contra la salud Pública.
El fallo del tribunal se dictó con el voto unánime de sus miembros.