Es Gerardo Ochoa

Anulan el fallo que permitió salidas a homicida

El juez Guillamondegui había suprimido las “accesorias de prisión por tiempo indeterminado”.
jueves, 2 de septiembre de 2010 00:00
jueves, 2 de septiembre de 2010 00:00

La Corte de Justicia anuló un decreto del Juzgado de Ejecución Penal que le había permitido a Gerardo Ochoa, uno de los autores del aberrante crimen del joven Ariel Romero ocurrido en 1998, el poder obtener beneficios excarcelarios. El fallo confirmó que el imputado debe cumplir con la pena de “prisión perpetua más las accesorias de prisión por tiempo indeterminado”, tal cual lo resolvió la Cámara Penal Nº1.
El fallo de la Corte fue el corolario de una polémica que se desató cuando, meses atrás, el fiscal Alejandro Dalla Lasta se opuso a que Ochoa obtuviera un beneficio de salidas transitorias que le había otorgado la jueza de Ejecución Penal, Alicia Elizabeth Cabanillas, y se generó un incidente que terminó en una queja ante la Corte de Justicia.
La jueza Cabanillas habíapermitido las salidas transitorias de Ochoa en consonancia con un fallo de su antecesor, el juez Guillamondegui, quien ya le había otorgado salidas laborales.
Previo a ello, en diciembre del año 2007, Guillamondegui había emitido un decreto por el cual dejaba sin efecto la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado, y dejaba la condena para Ochoa en “prisión perpetua”. Esta modificación significó un gran beneficio para el reo, quien pudo acceder a salidas laborales y otros beneficios que hasta ese momento le estaban vedados.
En la resolución de la Corte de Justicia se cuestiona que la decisión del magistrado, en ese momento, no fue comunicada al Ministerio Público Fiscal. Y que por ello, la decisión no cumplió con las formalidades exigidas, “por lo que corresponde declarar la nulidad absoluta del decreto referido y la de todos los actos consecuentes”. Es decir, todas las decisiones que se tomaron en favor de Ochoa desde que quedó sin las accesorias de prisión por tiempo indeterminado.

Antecedente

Cuando Guillamondegui dejó sin efecto las accesorias en la condena de Ochoa, hizo mención a una doctrina de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el caso “Gramajo, Marcelo”, en donde el máximo tribunal de la nación declaró la inconstitucionalidad de las accesorias en ese caso. Sin embargo, el caso señalado no guarda comparación alguna con la situación de Ochoa, puesto que en ese caso se trataba de una persona que por reiteración de conducta delictiva había recibido esa grave pena.
Diferente es la situación de Ochoa, que junto a su hermano fue condenado por uno de los crímenes más horrendos de la historia policial de esta provincia.
El fallo en el caso de Ochoa ahora sienta un precedente para otros condenados por graves delitos que estaban esperanzados en tener la misma suerte.
Ochoa está alojado en la penitenciaría de Chaco, que es una prisión de máxima seguridad.

El brutal crimen perpetrado por los Ochoa

El crimen perpetrado por los hermanos José y Gerardo Ochoa es uno de los hechos más resonantes y recordados por su brutalidad en la historia criminal local.
Ocurrió el 30 de octubre de 1998, cuando sorprendieron a Ariel Romero y su novia, Verónica Vivas, cuando tomban sol en el río El Tala, cerca de La Brea. Los Ochoa asaltaron a la pareja y tras apoderarse de algunos elementos de valor y las llaves del automóvil de Romero, José Ochoa le descerrajó dos disparos de arma de fuego al joven y otros dos a Vivas. El chico falleció en el acto, pero su novia logró sobrevivir al brutal ataque.
Ambos reos estaban gozando en ese momento del beneficio de salida laboral. En marzo de 2000 el tribunal de la Cámara Penal Nº 1 los condenó por los delitos de “robo calificado por el uso de armas de fuego; homicidio doblemente calificado por críminis causa y por el uso de armas de fuego, y homicidio doblemente calificado por críminis causa y por el uso de armas de fuego en grado de tentativa”.

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