Columna de opinión por Rodrigo Morabito*

Consecuencias del hambre

lunes, 26 de agosto de 2019 00:00
lunes, 26 de agosto de 2019 00:00

Cuando la situación de las personas se torna extremadamente difícil, suelen recurrir a medidas extremas que hasta pueden convertirse en delitos; sin embargo ¿la ley penal puede o debe tratar a determinados hechos ilícitos como tal y castigar sin considerar la situación de las personas que lo cometen y los motivos por los cuales llegaron a tal extremo? En mi opinión personal considero que no.


Desde hace un tiempo, los medios de prensa locales vienen publicando crónicas acerca del aumento de hurtos de mercaderías comestibles (leche, pan, fiambres, fideos, etc.) en supermercados; por supuesto y sin dudas, debido a los momentos por demás difíciles desde el punto de vista económico por los que atraviesa el país y que repercuten con muchas más fuerza en determinados sectores que suelen ser los más vulnerables o postergados por el mismo Estado; afectando a todos los que allí pertenecen, pero por sobre todo a niños, niñas, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y ancianos o adultos mayores. 


La solución actual ante un hecho de esta naturaleza es el traslado de la persona a la comisaría y el conocimiento inmediato a la justicia penal para el inicio de una causa y el proceso respectivo por el delito cometido, no obstante ¿y el motivo que generó esa conducta? ¿Qué debe hacerse con una persona que al padecer el hambre llega a estas circunstancias? ¿Enviarlo a prisión?
Algunos testimonios de los empleados de los mismos locales comerciales a donde la gente recurre a tratar de apropiarse de productos alimenticios y llevárselos para alimentarse son realmente movilizadores y hasta desgarradores: “más de una vez dejé que se vaya porque me dio lástima. Es horrible cuando alguien se lleva una leche y tenés que denunciarlo” (testimonio de un guardia de seguridad publicado en la sección de policiales de un medio local del día de ayer). Por otra parte, el procedimiento habitual se lleva adelante sin siquiera reflexionar acerca de la persona y su situación actual: “un hombre (anciano) de 68 años fue sorprendido por la seguridad de un supermercado intentando sustraer mercadería y fue trasladado a la comisaría quedando detenido a disposición de la Fiscalía en turno” (noticia del día de ayer de otro medio local).


La pobreza y el hambre tienen estas consecuencias crueles originadas sin dudas por el mismo Estado que ante la generación de tanta violencia solo tiene (o pereciera tener) una única respuesta: ¡más violencia! en otras palabras, a la violencia estructural o anónima por él generada (personas vulnerables con déficit alimentario, de salud, educación, trabajo, etc.) les asegura una respuesta concreta y facilista ¡la justicia penal a través del castigo! 


Evidentemente, nos estamos acostumbrando a que el Estado (que somos todos) esconda debajo de la alfombra sus propias miserias por él mismo provocadas y sin cuestionamiento alguno; esa alfombra, sin dudas, suele ser la cárcel o los muros de alguna prisión a través del poder más violento que ostenta un Estado ¡EL DERECHO PENAL! Y hasta donde al menos yo sé, la pobreza, el hambre y sus consecuencias; se evitan o erradican con la efectiva garantía de los derechos humanos  fundamentales que le devuelvan la dignidad a las personas más postergadas y vulnerables, pues una persona sin dignidad es una persona deshumanizada y en el mundo la deshumanización es o debiera ser intolerable.


* Juez de Responsabilidad Penal Juvenil. Profesor de Derecho Penal II de la UNCA. Miembro de la Asociación Pensamiento Penal.

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