Opinión
“Las personas menores de edad ante la Justicia Penal”
(*) Rodrigo Morabito
Me parece de suma importancia aclarar algunas cuestiones que a la gran mayoría de las personas de la sociedad (y también de otros ámbitos del Estado representado en sus instituciones) se plantean ante la realización de una conducta delictiva por parte de las personas menores de edad.
En primer lugar deben preguntarse ¿por qué si ese pibe cometió un delito no está preso en una cárcel? Bueno, en relación a este interrogante corresponde responder en forma muy categórica que las personas menores de edad solo pueden ser responsabilizados penalmente a partir de los 16 (dieciséis) años de edad y por delitos que sean castigados con penas que superen los dos años de prisión (Art. 1 del decreto ley 22.278), pues si no surgen estos recaudos exigidos legalmente (la edad y el tiempo de la sanción) tales personas, cometan el delito que cometan, no responderán ante la justicia y no porque la justicia no quiera, sino, simplemente, porque la LEY así lo determina, pues por debajo de los 16 años de edad, el Estado renunció a castigar, lo que no significa que se tomen otras medidas desde un punto de vista proteccional de la niñez, pero sin dudas el castigo no será posible, pues si así fuera, esto es si aún más allá de lo que la LEY IMPONE, se procediera a incumplirla, los funcionarios de la justicia deberían responder por ese incumplimiento y arbitrariedad, de lo contrario viviríamos en un Estado salvaje casi como lo era en el viejo lejano oeste; evidentemente la LEY DEBE CUMPLIRSE y la justicia es la principal garante de ello.
En segundo lugar se peguntarán ¿y por qué no se baja la edad de punibilidad o de castigo así se los envía a la cárcel? Esta pregunta es común casi siempre, pero la respuesta no puede ser otra que esta. El fenómeno del delito y sus consecuencias para poder ser regulados deben tener o responder a un patrón de continuidad en el tiempo que ameriten ese estudio y, luego, con estadísticas o datos empíricos razonables proceder a regular el fenómeno ilícito a través de una ley que fije una sanción por esa o esas conductas consideradas ilícitas, sin embargo, por mal que nos caiga, esos datos empíricos o estadísticos ya fueron analizados en nuestro país en más de una oportunidad y siempre se llega a la misma y única conclusión, NO ES POSIBLE NI RAZONABLE BAJAR LA EDAD DE CASTIGO DE LAS PERSONAS MENORES DE EDAD, simplemente porque no cometen delitos en la misma cantidad y proporción que las personas mayores de edad y, además, porque por debajo de la edad de castigo actual (recordemos 16 años) en razón a delitos como homicidios, en lugares como por ej. Buenos Aires al ser la provincia de mayor densidad poblacional, no supera el 1%.
En tercer lugar, inmediatamente aparece otrapregunta a la que se le adiciona en forma automática e inmediata una respuesta que es la siguiente: ¿Entonces qué hacer? Ya que si no se les hace nada los menores de edad hacen lo que quieren; total ya saben que no les pasa nada. La verdad, que ello no es así.
La justicia de responsabilidad penal juvenil provincial ha llevado durante el año 2019 múltiples procesos penales con personas menores de edad imputadas y luego sancionadas, incluso, habiendo actuado o cometido el delito con personas mayores de edad que recibieron un castigo, aun cuando esas personas ya adultas habían cometido esos delitos tiempo atrás como menores de edad, sumado a una gran cantidad de procesos penales que se encuentran en etapa de investigación o ya concluidos a la espera de un respectivo juicio, por lo que la respuesta a que a todos los menores de edad que cometen delitos NO LES PASA NADA no responde a lo que acontece a la realidad actual.
Por último, deseo poner una vez más énfasis en que el fenómeno del delito y sus consecuencias o efectos no se solucionarán con más castigo o encierro, muy por el contrario, para solucionar el problema del delito hay que atacar sus causas que no son otras más que la ausencia de oportunidades para los más jóvenes y la desigualdad reinante que existe entre clases sociales sumado a los altos niveles de consumo de sustancias estupefacientes que en el perfil de los menores de edad en conflicto con la ley penal son DROGA BASURA QUE PRODUCEN EFECTOS DEVASTADORES EN SU SALUD. Si el Estado trabaja fuertemente en ello, el delito sin dudas comenzará a ser menor.