Por primera vez se aplicó el Principio de Oportunidad Procesal en Catamarca

Novedoso fallo judicial: absolvieron a joven que cometió un delito siendo menor de edad

El juez de Responsabilidad Penal Juvenil decidió beneficiarlo teniendo en cuenta su estado de vulnerabilidad.
sábado, 20 de febrero de 2021 01:34
sábado, 20 de febrero de 2021 01:34

Ayer en ámbitos del Tribunal Penal Juvenil se llevó a cabo un juicio en el que se aplicó por primera vez en Catamarca un novedoso fallo con el que se benefició con la absolución a un joven que cometió un delito cuando era menor de edad. 


La sentencia fue aplicada por el juez de Responsabilidad Penal Juvenil Rodrigo Morabito, quien aplicó el principio de Oportunidad Procesal, un artículo que se reglamenta en la ley 5.544 y que en el Código Procesal Penal para adultos no contempla.


El fallo, según explicaron fuentes judiciales se basó en el estado de vulnerabilidad del menor al momento del hecho y sobre todo porque el fiscal Penal Juvenil Guillermo Narváez solicitó que rigiera el principio de insignificancia sobre el hecho ilícito.


También se supo que el joven no habría cometido otros delitos posteriores al que se lo juzgó y en la actualidad, siendo mayor de edad, trabaja y pretende terminar sus estudios.

Hecho

Según obra en la causa, el adolescente ingresó el 1 de noviembre de 2016 a las instalaciones de la parroquia San Pío X, ubicada en el barrio Libertador II, donde por la fuerza se intentó apoderar de elementos del inmueble, no logrando su cometido.


Por este motivo, la Justicia de Menores le imputó el delito de robo simple en grado de tentativa, por lo que en la jornada de ayer se llevó a cabo el debate, que terminó con el novedoso fallo en nuestra provincia.

Otros fallos novedosos

Cabe acotar que no es la primera vez que el juez Penal Juvenil Rodrigo Morabito emite un fallo de estas características que se aplican de acuerdo a la más reciente legislación.


En marzo del año pasado emitió una sentencia en la que se les explica a las víctimas de un adolescente en un lenguaje comprensible la situación procesal del chico y relata parte de la historia de vida del joven, desde los 11 años en conflicto con la ley, y que en la actualidad permanece internado en el Centro Juvenil Santa Rosa.


El adolescente fue juzgado recientemente por un arrebato, un robo domiciliario y por un grave hecho en el que atacó a una mujer con una botella y le causó varios cortes en el rostro en el barrio Libertador II.


Sobre el fallo, al que El Esquiú.com tuvo acceso, fue el primero de este tipo en Catamarca, que enuncia los hechos delictivos y luego, en las propias palabras del juez, se dirige en persona a las víctimas en un modo coloquial, lo que luego hace con el jovencito, que fue declarado penalmente responsable.

Sentencia

En un tramo del escrito, dice: “Estimadas Ximena Soledad, Cecilia del Valle y Sonia Valeria; mi nombre es Rodrigo Morabito (...), soy quien intervino en sus respectivas denuncias juzgando a VJA., B., el joven que cometió los delitos en su contra, y aquí lo pongo con iniciales, explicándoles que lo hago porque la ley me lo exige, pero cuya identidad ustedes muy bien conocen. Imagino por el difícil momento que debieron pasar cuando en su caso, Ximena Soledad y Sonia Valeria, fueron atacadas directamente por VJA y, muy especialmente vos, Sonia Valeria, en razón de las lesiones que recibiste ante el intento de robo y por las que fuiste hospitalizada, sin dudas fue lamentable. También siento mucho, Cecilia del Valle, la angustia por la que seguramente pasaste al no encontrar el televisor de tu propiedad que tanto sacrificio te debe haber costado adquirir y que había sido sustraído también por VJA. Quiero que sepan que entiendo su bronca, enojo e impotencia, pero también quiero contarles que el joven que las atacó fue detenido y se encuentra en un instituto para personas menores de edad desde hace un tiempo y que acaba de ser responsabilizado por los delitos que cometió y que asumió personalmente.


”Les aclaro que no hay ninguna intención en todo esto de comprensión o perdón de su parte hacia VJA por lo que les hizo, sino tan solo hacerles conocer que el consumo de drogas, la falta de límites, de amor y contención en una familia puede llevar a los más jóvenes a cometer delitos y equivocarse en la vida (...)”.

También le habla al autor

A su vez, en la parte en que se dirige al joven dice: “Sé que te drogabas para soñar con los juguetes que no podías tener. Lo sé muy bien porque intervine en esos delitos en los que robabas cosas del supermercado o los peluches en la terminal de ómnibus. Recuerdo al niño que fue a visitarte al hospital y que quería donarte sus juguetes. Es muy difícil para nosotros desde el juzgado no conmovernos con tu historia de vida, como la de muchos otros chicos igual que vos. Pero también es nuestra obligación darles una respuesta a las personas a quienes lastimaste”.


Según se informó en esa oportunidad, se invitó a las víctimas a escuchar el documento, pero su presencia no es obligatoria y se les será enviado a sus domicilios para que tengan acceso a él.


Sobre esta última sentencia, tuvo repercusión en los principales sitios web periodísticos del país y especializados en el derecho penal.

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Comentarios

20/2/2021 | 21:12
#149006
Excelente Gabriel Rivero.
20/2/2021 | 20:21
#149005
estoy muy de acuerdo con el fallo, como se dice en la misma sentencia, este chico al parecer nunca tuvo contención, les falto cariño, quizás no tuvo quien le de un caramelo en su niñez, hoy se encuentra alojado en un instituto,. me pregunto en el futuro que sera de este joven'
20/2/2021 | 19:44
#149004
Sr, juez esta equivocado nuevamente. siempre ud utiliza este recurso para darle una posibilidad al delincuente. Una de las victimas es a quien este imputado le desfiguro la cara, va tardar mas tiempo en reponerse psicologicamente para volver a su vida normal que que el recupero de libertad del delincuente. no debe ser asi por eso con el tiempo se agravan los delitos y siempre victimas mujeres.
20/2/2021 | 08:46
#149003
Para mi, no es un fallo novedoso, sino acorde a derecho. Cuando comete el delito era menor de edad, la ley presume que debido a su inmadurez sicologica no podía comprender la criminalidad de sus acciones, por mas que hoy si la comprenda.

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