Debía cumplir 12 años de prisión

La Corte falló a favor de mujer condenada que fue víctima de violencia de género

Fue condenada por “homicidio agravado” con atenuantes pero no se consideró que se estaba defendiendo.
sábado, 17 de abril de 2021 01:38
sábado, 17 de abril de 2021 01:38

La Corte de Justicia de Catamarca decidió que se defina un nuevo fallo para una mujer que en 2018 fue condenada a 12 años de prisión por quitarle la vida a su pareja. Ana María Pérez Cabrera había denunciado a Gastón Vega -padre de sus hijos- por violencia de género en 14 oportunidades y en el juicio dijo que se defendió de uno más de los brutales ataques del hombre.


Con esta nueva disposición de la Corte, podría ser absuelta, explicó el abogado defensor de la mujer, Iván Sarquís, a El Esquiú.com.


“Ella volvía de trabajar, ya que tenía dos trabajos para sostener a toda la familia, puesto que su pareja estaba desempleado, y como se había hecho tarde la atacó. Ana María se defendió”, explicó en relación a los hechos ocurridos en 2016.


“Había radicado 14 denuncias penales en distintos momentos de la relación, sin que la Justicia tuviera efectiva intervención, y esto solo tuvo como consecuencia el agravamiento de la situación de violencia y se agudizaron los episodios violentos que desembocaron en ese desenlace”.


El letrado indicó: “La expectativa era que la condenaran de por vida, por suerte pudimos torcer ese destino y el fiscal Gustavo Bergesio resolvió considerar que había situaciones extraordinarias”, por esto es que la condena no fue perpetua sino a 12 años de prisión, que la mujer venía cumpliendo de forma domiciliaria.


“Ella nunca buscó matar, haciendo ejercicio legítimo de su defensa”, expresó Sarquís.
A la vez, el abogado relató que pasaron por varias instancias junto al otro defensor de la mujer, Alejandro Bossio, para que la condena no quede firme y la víctima de violencia no vaya al Penal.


“Fuimos ante la Corte de Justicia mediante casación y no nos hicieron lugar. A la sentencia de la Cámara Penal Nª2, la criticamos duramente porque no estaba el razonamiento jurídico no se enarcaba en la perspectiva de género. Además, se estaba concibiendo mal la figura de legítima defensa”.

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