Veredicto en el juicio por Brenda Micaela

Perpetua para Naim Vera: pasará 50 años en la cárcel por el femicidio

Los años de cumplimiento se concretarán si queda firme la sentencia emitida ayer por la Cámara.
sábado, 15 de mayo de 2021 00:31
sábado, 15 de mayo de 2021 00:31

En horas de la mañana de ayer, el Tribunal de la Cámara Penal N°1 condenó a Naim Vera Menem a prisión perpetua por el femicidio de Brenda Micaela Gordillo, luego de declararlo autor penalmente responsable de “homicidio doblemente agravado, por mediar relación de pareja y por violencia de género (femicidio)”.

Los jueces Fernando Esteban, Mauricio Navarro Foressi y Carlos Rodolfo Moreno, de manera unánime, hicieron lugar al pedido que en sus alegatos formulara el Ministerio Público Fiscal, a cargo de Jorge Silva Molina y Hugo Costilla.

En el caso de quedar firme la sentencia con estos agravantes, el femicida pasará 50 años en la cárcel, de acuerdo a lo previsto por la ley.

Por otro lado, los jueces hicieron lugar de manera parcial a lo solicitado por la acción civil y se estableció un resarcimiento económico de 3 millones de pesos para la familia de Brenda Micaela.

 

Últimas palabras

Como es habitual en los debates orales y públicos, se le informó al imputado que tenía la posibilidad de brindar unas últimas palabras antes de conocerse el veredicto de los jueces. Vera decidió hablar y escuetamente reiteró el pedido de disculpas para la familia de la joven que asesinó, así como a su propia familia.

 

“No lo perdono”

Luego de conocerse la decisión de los magistrados, la madre de la joven, María Isabel Espeche, se desbordó en lágrimas y le dirigió a quien le quitó la vida a su hija  unas palabras. “Asesino, maldito. ¡Se lo merece!”, espetó entre lágrimas la mujer, agregando luego que no lo perdonará, como Vera solicitó en el inicio y el final del debate.

Minutos más tarde, la mujer declaró a El Esquiú Play: “Él es el culpable de que yo no tenga más a mi hija. Felicito a los señores jueces, que no les tembló la voz para condenar a este femicida. Destruyó a mi hija, mi vida y las de mis hermanas, a mi familia, a todos. Teníamos que  escuchar esto y decirle que nunca, jamás va a tener mi perdón, porque pudo evitarlo. Pudo dejar a mi hija que se vaya, pero no. Tuvo la mente podrida y ya quería matarla.

”Hoy cambia la historia. Gracias a los señores jueces que lo condenaron, gracias a nuestros abogados, al doctor Ibáñez y al doctor Jerez; a la familia, que siempre estuvo por nosotros, y a Catamarca por apoyarnos. Estamos de pie. Luchamos hasta las últimas consecuencias por la cadena perpetua para el femicida. Que la clase social alta no se burle más de la clase social pobre. ¡Somos valientes y vamos a gritar hasta la muerte!”, gritó la mujer. “También queremos agradecer a El Esquiú por defendernos de El Ancasti”.

Por otra parte, Iván Espeche, el hermano de la joven asesinada, expresó que “se hizo justicia. Esta es la Justicia que el pueblo necesitaba, que se den cuenta de que ya no hay más impunidad”.

El querellante Sebastián Ibáñez, asimismo, también hizo declaraciones: “Hay que destacar el trabajo de la Fiscalía, con el doctor Hugo Costilla a la cabeza, quien ha realizado la investigación y ha remitido la prueba, permitiendo que el Tribunal, conforme a la prueba y a la ley, aplique al  femicida la pena correspondiente al aberrante delito que cometió. Como querella, hemos acompañado cumpliendo con nuestro rol procesal”.

 

La condena, en años

Tras conocerse el veredicto, comenzó a circular en redes sociales la pregunta relacionada a cuántos años de prisión significa para las leyes de Argentina la condena recibida por el femicida.

En este sentido, el juez de Responsabilidad Penal Juvenil, Rodrigo Morabito, explicó que la sentencia primero debe quedar firme, y expuso pedagógicamente:

* ¿De dónde surge que la pena máxima en la República Argentina es de 50 años?
En respuesta a ello, surge ese monto de pena de la interpretación que se hace del art. 226 -segundo párrafo- del Código Penal (fija una pena de 8 a 25 años) y del art. 235 -tercer párrafo-, cuando aumenta al doble el máximo de la pena para los delitos establecidos en ese capítulo (el art. 226 es uno de ellos), por ende 25 + 25 es 50.

* Entonces, ¿de dónde surgen los 35 años?
El art. 13 del Código Penal dice que las personas condenadas a prisión perpetua pueden obtener la libertad condicional a los 35 años. Sin embargo, inmediatamente después, el art. 14 veda esa posibilidad cuando en el inciso 1 menciona a los homicidios agravados del art. 80 (Naim Vera fue condenado por los delitos del art. 80 incisos 1 y 11) como aquellos delitos que no tendrían libertad condicional.

* ¿Entonces es 35 o 50 años?
En este caso en principio son 50 años de encierro, pues tampoco dispondrá de salidas transitorias ni laborales porque el art. 56 bis inciso 1 de la ley 24.660 (ley de ejecución de la pena privativa de libertad) lo impide al mencionar que no se concederán los beneficios del periodo de prueba (salidas transitorias y laborales) a quienes se encuentren condenados por los homicidios agravados del art. 80 (reitero, caso Naim Vera y otros). Por ende, Naim Vera no tendría ni salidas transitorias, laborales ni libertad condicional.

* ¿Qué dice la jurisprudencia al respecto?
En esto, la jurisprudencia o fallos del país han señalado que las leyes que impulsaron estas reformas son inconstitucionales e incompatibles con derechos consagrados, como el de reinserción social en los arts. 5.6 de la CADH y 10.3 del PIDCP, que se encuentran incorporados a nuestra Constitución Nacional en el art. 75 inciso 22 y son considerados ley suprema por el art. 31 de la Constitución Nacional, incluso, el propio art. 1 de la ley 24.660 prevé la posibilidad de reinserción social. Sin embargo, ese análisis no sería ahora, sino con el paso de los años.

* ¿Qué pasará ahora?
El tribunal tiene 10 días para dar los fundamentos de la sentencia de condena a Naim Vera. Luego, podría recurrir esa sentencia ante la Corte de Justicia provincial en recurso de casación y a partir de allí pueden darse dos posibilidades: a) que la Corte de Justicia confirme la sentencia tal como la dictó la Cámara, o b) modificarla si considera que no se aplicó correctamente la ley penal o surge algún otro defecto. Si la confirma, puede ocurrir que se interponga un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y en esa instancia también puede ocurrir lo mismo, esto es, confirmar o modificar y en todo este tiempo la pena impuesta por la sentencia no estará firme.

Casación

Cabe mencionar que se espera que la defensa del joven presente una casación al fallo del Tribunal, lo que demandará tiempo y distintas instancias procesales hasta que el fallo de los jueces, cuyos fundamentos se darán a conocer el próximo 31 de mayo, quede firme o sea modificado por otros organismos judiciales, como la Cámara de Apelaciones o la propia Corte de Justicia.

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Comentarios

15/5/2021 | 16:23
#149006
Naim Vera Menen son 50 años yo te aconsejo si no te queres volver puto,que le escribas a Nahir Galarza harian buena pareja.
15/5/2021 | 16:22
#149005
Naim Vera Menen son 50 años yo te aconsejo si no te queres vover puto,que le escribas a Nahir Galarza harian buena pareja.
15/5/2021 | 11:17
#149004
Aún faltan las penurias de las apelaciones y la lucha por años para controlar que realmente cumpla la condena como en los casos Casas y Kotler. Esperemos que este juicio no haya sido sólo para conformar a la popular. Esta noticia no tendría que causarnos satisfacción, sino tristeza, por la atrocidad de lo sucedido y el montón de vidas destruidas. Ojalá que no comiencen las prolongadas internaciones en un sanatorio o en una clínica psiquiátrica.

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