Gatillo fácil en Miramar

Confirmaron la prisión preventiva del policía que mató a Luciano Olivera

El fallo de la Justicia marplatense recayó sobre el efectivo Maximiliano Abel González (25).
sábado, 15 de enero de 2022 00:55
sábado, 15 de enero de 2022 00:55

La Justicia de Mar del Plata confirmó ayer la prisión preventiva del policía bonaerense acusado de matar de un disparo en el pecho al adolescente Luciano Olivera, el último 10 de diciembre, en la localidad balnearia de Miramar, informaron fuentes judiciales.

El fallo de la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Mar del Plata recayó sobre el efectivo Maximiliano Abel González (25), acusado del delito de “homicidio triplemente agravado por haber sido cometido por el miembro de una fuerza de seguridad, mediante el empleo de armas de fuego y con alevosía”, el cual prevé en un futuro juicio oral la prisión perpetua.
Por el caso, también están detenidos los policías Nélson Albornoz, Rocío Mastrángelo y Kevin Guerricagoitia, quienes están imputados de los delitos de “encubrimiento doblemente agravado y falso testimonio en concurso ideal”.

En el fallo de 8 páginas al que Télam tuvo acceso, los camaristas Adrián Angulo, Marcelo Riquert y Pablo Poggetto confirmaron la resolución que hace 10 días tomó el juez de feria Saúl Errandonea, quien hizo lugar al requerimiento efectuado por la fiscal de la causa, Ana María Caro, de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) descentralizada de Miramar.
“Esperamos que puedan ser juzgados por este crimen el autor, los encubridores y los que abusaron del poder. La causa está encaminada muy prolijamente por la Justicia marplatense. Judit (la madre de Luciano) no tiene consuelo y lo único que busca es justicia”, manifestó el abogado de la familia de la víctima, Gregorio Dalbón. 

En su pedido, la fiscal Caro había solicitado que el policía permaneciera detenido por la pena en expectativa y por el peligro de entorpecimiento de la investigación que podría existir si fuera excarcelado.
Según la Cámara de Apelaciones, “luce evidente que la existencia de una penalidad no graduable (la máxima de nuestro catálogo punitivo), no fue el único argumento de peligrosidad procesal” .

“A ella se añadió las características de un hecho de suma gravedad, en el contexto de una investigación de reciente inicio, en la que el juez advirtió sobre diligencias probatorias de relevancia por practicar, pero sobre todo, en la que -dijo- se estaban investigando, paralelamente, otras conductas que tuvieron relación con el suceso”, afirmaron los jueces.    
La Sala I recordó que “esas otras conductas no podrían valorarse sólo como presunciones, desde que el peligro de entorpecimiento se vio efectivamente concretado con la imputación a Albornoz, Mastrángelo y Guerricagoitía, bajo la circunstancia, precisamente, de haber ayudado a eludir la investigación de un hecho especialmente grave, brindando declaraciones con falsedad”.

100%
Satisfacción
0%
Esperanza
0%
Bronca
0%
Tristeza
0%
Incertidumbre
0%
Indiferencia

Comentarios