Lo deberá resolver la Cámara de Apelaciones de Tucumán

La defensa de Cristian Rojo apeló el fallo del juez federal Miguel Ángel Contreras

Para la defensa, Rojo no debería estar con prisión preventiva y la caución impuesta es demasiado elevada.
domingo, 7 de agosto de 2022 06:00
domingo, 7 de agosto de 2022 06:00

En el marco de la causa contra Cristian Sixto Rojo, titular de la financiera “Callvu Servicios Financieros y Bursátiles”, ayer se conoció que el abogado defensor Roly Crook presentó una apelación al fallo del juez federal Miguel Ángel Contreras, quien procesó a su defendido solo por el delito de “intermediación financiera no autorizada”, además de imponerle un embargo de 50 millones de pesos.

La decisión del juez fue atacada parcialmente por la defensa, ya que consideran que la prisión preventiva y el monto del embargo son demasiado excesivos desde su punto de vista, teniendo en cuenta la acusación que tiene su pupilo.
“La prisión preventiva, lo dicen la ley y la jurisprudencia y la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, solo va en los casos que el delito tuviere un mínimo superior a tres años -este caso solo tiene un año- o tuviera algún peligro procesal: cuando el imputado pudiera fugarse, pudiera realizar maniobras para entorpecer el procedimiento. En fin, son casos en los que representa ser un tipo peligroso, o simplemente tiene antecedentes. Acá Rojo no tiene antecedentes, tiene dos hijos de 1 y 4 años, tiene su madre que es una persona de edad avanzada, nada indica que Rojo vaya a realizar alguna maniobra, por lo que es absolutamente excesivo”, remarcó.

El otro punto de cuestionamiento a la decisión del juez federal, según Crook: “El sentido de la caución o el embargo es cuando el imputado obtiene la libertad, como sucedió con Eduardo Guerrero, pero en caso de Rojo le fijaron 50 millones de pesos y sigue preso, ¿pero para qué es ese dinero? La Justicia Penal no puede hacer uso de ese dinero, no puede pagar a los ahorristas, ni nada por el estilo relacionado con la imputación de la intermediación financiera no autorizada, ya que este delito no provoca daño en los particulares, con lo cual concluimos que solo se podría pagar en caso de que existiere la ‘estafa’ pero de ese delito, según planteó el juez, debe encargarse la Provincia”, agregó.

Además, añadió: “En la estafa está lastimada la propiedad privada y ahí habría que devolver, pero desde su mirada entiende que este delito debe ser investigado por la Provincia. En todo caso, los embargos serían competencia de este fuero, no de la Justicia Federal”, recalcó.
 
 

Fallo
Cabe recordar que días atrás, el juez federal Miguel Ángel Contreras procesó a Cristian Sixto Rojo y a la supuesta cúpula de “Callvu Servicios Financieros y Bursátiles” solo por el delito de “intermediación financiera no autorizada”, además trabó embargos millonarios para los imputados.
El fallo del juez fue cuestionado por ambas partes, ya que la defensa sostiene inútil el monto de dinero solicitado y la querella, por su parte, que es bajo el importe para el delito que se investiga.
En el veredicto, el juez ordenó que Rojo continúe privado de su libertad en su lugar de detención en el Servicio Penitenciario Provincial, mientras que para los otros tres (Silvina Segura, Pilar Mercedez Sánchez Jordá y Eduardo Guerrero) el procesamiento sin prisión preventiva, aunque en el caso de Guerrero, pagó una caución para poder recuperar su libertad.

Incompetencia
Por otro lado, en las causas por supuestas “estafas y asociación ilícita”, el juez Contreras se declaró incompetente para investigar, por lo que las actuaciones fueron giradas a la Fiscalía General de la Provincia, que continuaría con la pesquisa hasta que el tribunal de alzada disponga lo contrario.

Antecedentes de fallos
Vale destacar que los antecedentes más próximos son la causa de “Adhemar Capital y RT Inversiones”, cuyos fallos fueron duramente cuestionados y se encuentran en la Cámara Federal de Apelación de Tucumán, a la espera de una resolución del tribunal.

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