Para la mayoría, Mauvecín acusó mal; para la minoría, Palacios actuó con negligencia

El voto mayoritario argumentó que un mero error no configura la causal de mal desempeño.
sábado, 17 de junio de 2023 01:36
sábado, 17 de junio de 2023 01:36

En la Escuela de Capacitación Judicial, ayer se llevó a cabo finalmente la audiencia de lectura de los fundamentos de los votos del tribunal de Enjuiciamiento en el Jury al fiscal Laureano Palacios, quien fue juzgado por “mal desempeño” en la primera etapa de la investigación de la muerte del exministro de Desarrollo Social, Juan Carlos Rojas.


Por voto mayoritario, el pasado 2 de junio, Palacios fue absuelto y restituido a su cargo como fiscal de Instrucción de Segunda Nominación.


El tribunal estuvo conformado por la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Fernanda Rosales Andreotti, junto al  senador Oscar Vera, las diputadas Cecilia Guerrero y Juana Fernández y los dos representantes del Colegio de Abogados, Pablo Federico Nicollini y Silvia Cabrera.


En la instancia de la lectura de los fundamentos, que fue transmitida en vivo por el canal oficial del Poder Judicial Catamarca, las partes solicitaron que se omita dicha lectura y se proceda a la entrega de la sentencia por secretaría. El pedido fue aceptado por el tribunal y la audiencia culminó, durando apenas cuatro minutos. El fiscal Palacios estuvo ausente y en su representación fue el abogado defensor José Camps.

Voto mayoritario
Oscar Vera, Cecilia Guerrero, Federico Nicollini y Silvia Cabrera fueron quienes votaron a favor de Palacios.
En sus fundamentos, sostienen que el fiscal Mauvecín solamente acusó a Palacios de “mal desempeño” por el hecho de haber entregado el cuerpo de Rojas sabiendo del acto homicida. En consecuencia, esto dejó al tribunal de Enjuiciamiento sin la posibilidad de juzgar otras actuaciones. En este sentido, indicaron que “la mera comisión de un error en el ejercicio de la función no configura, por sí mismo y en todos los casos, la causal de mal desempeño”.


“La acusación atribuye al Dr. Palacios el ‘error’ de la entrega del cuerpo de la víctima a sus familiares, luego de finalizada la primera autopsia que no arrojara una conclusión definitiva y precisa sobre la ‘causa eficiente de la muerte’, y, a partir de este hecho, sostiene que el fiscal ha demorado la decisión de ordenar una nueva autopsia hasta las 7.,00 horas del 5 de diciembre, día inmediato subsiguiente al de aquel fatídico 4 de diciembre en que se produce el hallazgo del cuerpo sin vida del Sr. Rojas”, argumentaron.


En otro tramo de la fundamentación, señalaron: “Entendemos que no aparece acreditado con relación al limitado sustrato fáctico planteado por la acusación del fiscal Mauvecín, ningún elemento indiciario o probatorio que pudiera dar por acreditado el supuesto incumplimiento reiterado de los deberes a cargo de Palacios como configurativo de la causal de mal desempeño de sus funciones de fiscal de Instrucción; por lo que nos pronunciamos por su absolución.


”Quizás si la acusación hubiera comprendido y se hubiera extendido a la totalidad de las actuaciones labradas a partir del momento mismo del anoticiamiento del hallazgo del cuerpo del Sr. Rojas y hasta la asignación de la Dirección de la Investigación penal Preparatoria al fiscal Hugo Costilla, este tribunal de Enjuiciamiento podría haber tenido la posibilidad de avanzar en la valoración de otras circunstancias, hechos o actuaciones cumplidas en la causa Rojas durante la dirección de Palacios, y que nos fueron vedadas por el fiscal Mauvecín al formular un acusación por un solo hecho, endeble y limitada, y sin probar consecuencias graves para la investigación penal”, consideraron.

Voto minoritario


Por su parte, Fernanda Rosales y Juana Fernández votaron por la destitución de Palacios. Sostienen que la falta de idoneidad de Palacios era motivo suficiente para su destitución.


Además, citaron como ejemplo los fallos emitidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa Nicosia y en la causa Brusa, en relación a la causal de “mal desempeño.


“La CSJN (...) refiere que el ‘mal desempeño o mala conducta’ no requieren la comisión de un delito, sino que basta para separar a un magistrado la demostración de que no se encuentra en condiciones de desempeñar el cargo en las circunstancias que los poderes públicos lo exigen; no es necesaria una conducta criminal, es suficiente con que el imputado sea un mal juez”, respaldaron.


En otra parte del apartado, indican que “el requisito constitucional de idoneidad no solo debe requerirse para acceder al cargo sino que debe mantenerse mientras el fiscal ejerza tal función, pues si existe pérdida de idoneidad ello debe necesariamente traducirse en la causal de mal desempeño en el ejercicio de su función y por lo tanto constituye motivo suficiente para su destitución”

Comentarios

17/6/2023 | 13:42
#149006
y se bajó de un cadillo (Zacate cadillo (Cenchrus echinatus) en medio de la noche o lo mismo dijo un tuco tuco, bajándose de un pucho de cigarrillo. Nadie habla de la COMISIÓN DE UN DELITO, tampoco de impericia, imprudencia o cualquiera de esas causales de mal praxis médica, jurídica o de ingeniería. Se trata de destituir a un funcionario judicial encargado de la investigación de una muerte, de origen dudoso aún después de VARIOS MESES. Si hoy no hay seguridad de si la muerte fue un accidente cerebro vascular, una caída por mareos, por hipotensión o por un tropezón... ¿Como lo van a destituir si QUIENES LE BRINDARON LA INFORMACIÓN TENÍAN SÓLO ESA SENSACIÓN o CORAZONADA QUE PODÍA SER UN HOMICIDIO pero NO LA SEGURIDAD DE ELLO? ¿Quién realizó la autopsia? ¿Quien? ¿Era alguien autorizado o la hizo un comedido? BASADO EN ELLO por suerte no lo destituyeron al Fiscal Palacios...era un juicio cantado como aquella del Juez Porfirio Acuña.
17/6/2023 | 10:40
#149005
Falta, que para cubrir sus errores destituyan al Fiscal!! De tanto daño si son capaces!!!

Otras Noticias