Siniestro en Córdoba
Condenan a 6 años y 8 meses de prisión al conductor que atropelló a Andrea Larcher
El Juzgado de Control Nº 4 de la ciudad de Córdoba condenó a Cristian Joaquín Pacha a seis años y ocho meses de prisión, por haber provocado un choque múltiple en avenida Chacabuco el 12 de septiembre de 2024.
Además, el tribunal le impuso la inhabilitación para conducir vehículos por un plazo de 10 años. El siniestro dejó como saldo múltiples víctimas con lesiones y daños de diversa gravedad. Una de ellas fue Andrea Larcher.
La sentencia fue dictada por la jueza Anahí Hampartzounian durante una audiencia oral celebrada en Tribunales II. La magistrada informó que los fundamentos completos del fallo serán dados a conocer el próximo 30 de mayo a las 13.
No obstante, en su exposición adelantó una respuesta detallada a los principales argumentos defensivos, dirigido a las víctimas y al imputado que se encontraban presentes en la sala.
Según se acreditó en la causa, Pacha conducía un vehículo Toyota Corolla por avenida Chacabuco cuando perdió el control y atropelló a varias personas.
Las investigaciones revelaron que padecía epilepsia, una afección neurológica que le impedía legalmente manejar, y que había falseado información en la declaración jurada al momento de renovar su licencia de conducir, ocultando su condición médica, informó La Voz.
Durante el proceso se estableció que tres médicos distintos le habían contraindicado expresamente la conducción de vehículos. Estas advertencias, sumadas al conocimiento personal de su enfermedad, fueron claves en la determinación de la responsabilidad penal del acusado.
La jueza consideró que Pacha había actuado con pleno conocimiento del riesgo que implicaba manejar en esas condiciones, lo que convirtió su accionar en doloso y no meramente imprudente.
Por su parte, la defensa de Pacha solicitó la recalificación del hecho como culposo, es decir, sin intención de provocar daño. Sin embargo, la jueza rechazó ese planteo, alegando que el resultado era absolutamente previsible dado el cuadro clínico del imputado, y que tenía el deber de evitarlo.