Crearán Sistema de Consulta Digital en OSEP

miércoles, 28 de noviembre de 2018 17:43
miércoles, 28 de noviembre de 2018 17:43

La Cámara de Diputados, que preside del diputado Fernando Jalil, dio media sanción a  la ley de creación del Sistema de Consulta Digital (SCD) de  prestaciones sanitarias y toda prestación de salud para los afiliados. La iniciativa parlamentaria pertenece a los diputados Marisa Nóblega y Rubén Herrera.

 

Objetivo

 

El objetivo del mismo es obtener una solución tecnológica de alta confiabilidad, que facilite a los afiliados contar con información fidedigna médica y administrativa, proveyendo al mismo tiempo de vinculación operativa por medio de un nexo común, respetando los diferentes niveles de tecnología existentes.

 El alcance del diseño y desarrollo de un Sistema de Información estará limitado, en primera instancia, a prestar servicio en el área de consulta de los servicios de medicina general, y prestaciones especializadas solicitadas por el afiliado. La aplicación permitirá llevar a cabo de un control sobre la asignación de órdenes de prestación realizadas por medios físicos y electrónicos por ante la Entidad emisora y servicios tercerizados.- 

 

Página web

 

La ley dispone la habilitación de un link en la página web de la Obra Social de los Empleados Públicos de la provincia de Catamarca, a través del cual cada afiliado, mediante un nombre de usuario y contraseña otorgados a ese fin, pueda consultar su situación de demanda y consumo de las prestaciones sanitarias generales y especializadas.

La consulta al SCD sólo tendrá carácter informativo y no generará obligación o reconocimiento alguno por parte del afiliado de las prestaciones registradas; sirviendo como respaldo documental para el caso en que se verificasen errores de registro o cualquier acto distorsivo de estos.- 

 

La implementación del SCD, en materia de asignaciones informáticas o desarrollo web; así como su acceso por sistemas electrónicos, no generará ningún costo al afiliado, ni tendrá límite de consulta; debiendo la entidad emisora garantizar su actualización periódica y la fidelidad de los datos. 

Los gastos que demanden la implementación del SCD, así como su actualización y mantenimiento, deberán salir de las partidas presupuestarias asignadas a la correspondiente ejecución presupuestaria anual.- 

 La presente Ley es complementaria al decreto Ley Nº 3509.-

50%
Satisfacción
0%
Esperanza
33%
Bronca
0%
Tristeza
0%
Incertidumbre
16%
Indiferencia

Comentarios

28/11/2018 | 18:41
#149006
Lo que hace falta es que OSEP, trabaje como debe ser. Que los afiliados no deban pagar plus, que sean atendidos en otras provincias, como acá. Que haya medicamentos prótesis. El resto es circo