Servicios Públicos adujo no tener responsabilidades sobre el pago de la deuda de EC Sapem a Cammesa

miércoles, 15 de mayo de 2019 00:18
miércoles, 15 de mayo de 2019 00:18

A través de un escrito de no más de tres carillas, el ministerio de Servicios Públicos contestó un pedido de informe solicitado por la oposición en la cámara baja sobre la deuda de EC Sapem para con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (Cammesa). 


¿Qué indagaba el FCS-Cambiemos al ministerio? Dos cosas. Una, la existencia de plan o previsión para recaudar $18.061.794 mensuales hasta septiembre de 2025 para afrontar el pago de una parte de la deuda de la empresa energética provincial con la mayorista (la denominada “deuda vieja por más de $1000 millones) ratificada a través de convenio. 


La segunda cuestión que preguntaban es sobre la existencia de algún convenio o compromiso asumido por parte del Ejecutivo que comprenda el pago de la denominada “deuda nueva” (superior a los $1.500 millones cancelados por los bonos nacionales).
Ahora bien, en la respuesta que obtuvieron los diputados, el ministerio de Servicios Públicos adujo no tener responsabilidad en las actuaciones de la EC Sapem. 


Es decir, para la primera de las inquietudes, les señala que “el ministerio no suscribió el convenio de pago del 25 de octubre del 2018 y, por lo tanto, no asumió ningún compromiso u obligación”. 


Además, cita dos artículos de la ley por la cual se creó a la empresa distribuidora de energía local. Tras exponerlos, remarca que se prevé “que EC Sapem deberá ajustarse a la política energética que establezca el Gobierno de la Provincia a través del ministerio de Servicios Públicos” y que “esto no incluye la competencia para controlar la empresa estatal”. 
“Como bien es sabido, le corresponde al Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRE)”, acota el escrito. 
Así, apunta que “la tarea de Autoridad de Aplicación tiene relación con las relaciones que lleva a cabo la empresa en forma externa sin tener ningún tipo de injerencia en la administración y funcionamiento interno de la empresa”. 
Finalmente, remarca la disposición constitucional de “garantía en la prestación de los servicios públicos básicos”, motivo por el cual “ante el peligro en la continuidad de los servicios es que la Administración Central asumió el pago de una parte de la deuda”.

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