De acuerdo al borrador de la iniciativa

Código Minero: Gobierno modificó el proyecto y no dividirá el Juzgado Electoral y de Minas

Se mantendría el juzgado unificado. Por lo pronto, no hubo cambios en el Ejecutivo como autoridad minera.
lunes, 5 de octubre de 2020 06:00
lunes, 5 de octubre de 2020 06:00

El Gobierno viene escuchando sugerencias y modifica algunas partes del proyecto que piensa enviar a la Legislatura para establecer un nuevo código de procedimientos mineros. De acuerdo a lo que se desprende del último borrador de la iniciativa, la Provincia mantiene la postura de que la autoridad minera sea ejercida por el Ejecutivo, aunque volvió sobre sus pasos respecto a la división del Juzgado Electoral y de Minas a cargo de Guillermo Cerda.


 El magistrado, con quien se prevé un nuevo encuentro para hablar sobre el proyecto mañana, había evaluado positivamente la división del juzgado a su cargo (por un lado el juzgado de Minas y por el otro el Electoral). Precisamente sobre este punto la última redacción de la iniciativa lo dejó de contemplar.  


La pauta de que no habría una separación del juzgado se encuentra a lo largo del proyecto en diferentes artículos. Para el caso, el 145 indica que los recursos de revisión  “la Autoridad Minera remitirá las copias del expediente al Juzgado Electoral y de Minas”. Aparte, este artículo señala que “una vez notificada la concesión del recurso por parte de la autoridad judicial, comenzará a correr el plazo de 10 días para promover la revisión”.


Otro de los artículos que da pauta sobre la continuidad del juzgado es el nuevo 148. Este detalla cómo sigue el proceso contra las resoluciones que se apelan. “Contra la sentencia definitiva dictada por el Juez Electoral y de Minas, procederá el recurso de apelación establecido en el Código Procesal Civil y Comercial y demás instancias recursivas allí previstas”, señala. 
A éste se le suma el artículo 149. Éste a la vez establece que “el Juzgado Electoral y de Minas entenderá en las acciones por indemnización previstas en el Código de Minería, las que tramitarán por la vía del proceso ordinario previsto en el Código Procesal y Comercial de la provincia”.


Así las cosas, el Juzgado Electoral y de Minas no solo quedaría unificado sino que también, y de acuerdo al borrador proyecto, estaría a cargo de resolver y revisar las apelaciones de las resoluciones dictadas por Ejecutivo. Esto también se traduce en que todas las causas que se hayan iniciado ante el juzgado deberán enviarse al Ejecutivo. 


Ello surge de la redacción en el capítulo de disposiciones transitorias. Anteriormente se había propuesto un artículo 153 y por el cual se disponía que “las causas en trámite al momento de entrada en vigencia de la presente ley deberán girarse a la Autoridad Minera a fines de su continuidad según su estado”. En otras palabras, enviadas al Ejecutivo. 


En el último borrador por el nuevo Código de Procedimientos Mineros, con un número diferente de articulado pero también dentro de las disposiciones transitorias, se mantiene la figura del juzgado y se detalla el giro de la documentación.


En este sentido, el artículo 152 establece: “Dispónese que las causas que al momento de entrada en vigencia del presente Código se encuentren en trámite por ante el Juzgado Electoral y de Minas continuarán su sustanciación por ante la Autoridad Minera, a cuyos fines deberán transferirse los expedientes, protocolos, registros y restante documentación específica y propia de la materia”.

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Comentarios

5/10/2020 | 06:58
#149005
ESTO ES JUEZ Y PARTE. LITIO Y FRAUDE.

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