Nación amplió las excepciones al aislamiento

sábado, 21 de marzo de 2020 00:14
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El Gobierno nacional amplió con un nuevo decreto la lista de excepciones al aislamiento obligatorio por el coronavirus que rige desde este viernes en todo el país. El motivo que esgrime el instrumento es  “que la realidad de las primeras horas de aislamiento social, preventivo y obligatorio ha demostrado la necesidad de incorporar otras actividades y servicios con carácter de esenciales con el fin de mitigar los efectos ocasionados por las medidas adoptadas”.

Entre las actividades que se incorporan están las “industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal”.

También alcanza a la “producción y distribución de biocombustibles” y además la “operación de centrales nucleares”. Además, quedaron exentos los “hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria”. Estos también deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del decreto de necesidad y urgencia. 
Entran dentro del nuevo decreto la “dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones; las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario”.

Se suman a las excepciones  la “operación de aeropuertos, operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas” y el “sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera”.

En el decreto también entran las “curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica”. A la vez, “los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria”. Eso si, “en ningún caso podrán brindar servicios con atención al público en forma personal”. 
Sobre este último eje, aclara que “los desplazamientos de las personas alcanzadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales”. 

Estas actividades se suman a las alcanzadas en un principio, como salud, seguridad, defensa, migraciones, bomberos, autoridades superiores del Estado, personas que asistan a otras personas, comedores escolares, comunitarios y merenderos, entre otras.

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