Se apuntaba a la obra social estatal

Plus médico: la Corte rechazó el amparo del SOEM capitalino

Esgrimieron que no se puede precisar la ilegalidad por parte de OSEP ya que no lo cobra ni lo autoriza.
lunes, 9 de marzo de 2020 02:03
lunes, 9 de marzo de 2020 02:03

En el primer fallo del año, la Corte de Justicia de la provincia rechazó el pedido de amparo realizado por el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (SOEM) capitalino en contra de la Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) por los descuentos obligatorios y el plus médico. 


El fallo fue emitido por unanimidad. Es decir, los ministros del máximo tribunal José Cáceres, Vilma Molina, Miguel Figueroa Vicario, Amelia Sesto de Leiva y Raúl Cippitelli entendieron que se debía rechazar el amparo del sindicato en contra de la OSEP.
Dentro del análisis, los magistrados hacen una reseña de la acción judicial. Recuerdan que el SOEM va en contra del aumento en el aporte a cargo de los afiliados para la obra social, el cual fue un descuento obligatorio del 4,5 por ciento contemplando el haber en negro. 


“Ello equivale a trasladar la obligación del Estado al trabajador toda vez que dichos descuentos debería haberlos efectivizado el Poder Ejecutivo ya que éste cuando dispone aumentos no remunerativos se ahorra el descuento que por la ley debe realizar”, había planteado el SOEM.


A la vez, lo asoció al cobro del “plus” médico. “El sistema contractual que OSEP mantiene con el trabajador afiliado, es de tipo oneroso con obligaciones recíprocas entre ellas, por lo que las sumas de dinero que los afiliados deben abonar a los médicos en concepto de plus, constituye un acto fraudulento”, habían expresado. 


El sindicato solicitó como medida cautelar innovativa que se le ordene a la OSEP como a los prestadores médicos a través de colegios profesionales y la federación de clínicas, “se abstengan de cobrar cualquier suma de dinero en efectivo a los afiliados”.
A través de un informe, la obra social contestó sobre el cobro del plus a los afiliados, aduciendo “que en cada orden de cobertura consta una leyenda que informa que con la presente autorización no debe abonarse suma alguna al prestador, por lo que no existe ninguna responsabilidad de la Obra Social”.


Así, Cáceres observó que “las quejas o reproches que formulan acerca de la injusta situación que viven, debieron ser enderezadas a través de una acción que se dirija más a cuestionar o impugnar la validez o constitucionalidad de la Ley 3509”, es decir, de creación de la OSEP. Además, recuerda que “ha sido la falta de apego a la ley la que ha desfinanciado a la Obra Social” en relación a la falta de pago de los Municipios.


En este orden de ideas, trajo a colación la aplicación del Consenso fiscal mMunicipal, donde se dejó establecido un pago escalonado que va desde el 25% en el año 2018 hasta alcanzar el 100% en el 2021. 


 “El conflicto en torno al plus que cobran los médicos a los afiliados, suscita en realidad un asunto de orden convencional, que en principio no es materia de esta acción excepcional (...) en tanto se trata de disposiciones que regulan las relaciones de diversos profesionales entre sí, a éstos con las entidades que los representan y con la Obra Social”, analizó el cortesano.


La jueza Molina compartió esa postura puesto que desde la OSEP no violó el orden legal en la aplicación del  descuento del 4,5%. Es que esta disposición se encuentra prevista en la ley del Convenio Fiscal Municipal. También consideró que el plus es “un asunto de orden convencional”. “No se vislumbra de qué manera la Obra Social ha actuado con ilegalidad o arbitrariedad, si no es esta parte la que lo percibe, ni lo autoriza”, indicó. 


De esta manera, los cinco magistrados coincidieron en rechazar el amparo y resolvieron que las costas de la causa corran por cuenta del sindicato capitalino. 

16%
Satisfacción
0%
Esperanza
75%
Bronca
0%
Tristeza
0%
Incertidumbre
8%
Indiferencia

Comentarios

9/3/2020 | 11:15
#149006
Que raro la Corte poniéndose del lado del gobierno, POR QUÉ NO SE PUEDE RENUNCIAR A OSEP? los legisladores tienen la respuesta al NO APROBAR la adhesión de la provincia a una ley nacional que hace veinte años establecía la des-regulación de las obras sociales, seguimos siendo rehenes de OSEP, que en su nueva gestión no otorga derivaciones ni cobertura si uno decide hacer un tratamiento fuera de la provincia, en evidente connivencia con el poder
9/3/2020 | 10:57
#149005
una vergüenza esta corte, Jose Caceres negocio el juicio político con el Turco

Otras Noticias