Luego de que Diputados haya ratificado la derogación a la ley

Andalgalá presentará un proyecto por la redistribución de regalías

Remarcaron que los municipios pierden autonomía y la decisión para invertir esos recursos.
viernes, 22 de mayo de 2020 06:00
viernes, 22 de mayo de 2020 06:00

Con la ratificación a los decretos del Ejecutivo por parte de la cámara baja, entre los que se encontraba la derogación a la ley de regalías, el camino de Diputados va direccionado al tratamiento de otro proyecto de la misma temática: la iniciativa que giró el Gobierno para un nuevo régimen de distribución de los fondos mineros. En Andalgalá, donde se ubica uno de los yacimientos con mayor potencial (Agua Rica) no pasó desapercibida la sesión del miércoles y, con la mira hacia futuro, ya está trabajando en una contrapropuesta por el reparto de esos recursos. 


El intendente de la ‘Perla del Oeste’, Eduardo Córdoba, en diálogo con los medios locales, aludió a la derogación de la ley señalando que “hay un error de interpretación”, entendiendo que se debía tratar de forma particular y no como un paquete cerrado.


“No era conveniente enviar un decreto en un paquete de otros instrumentos que seguramente sí tenían la necesidad de ser tratados con urgencia”, observó para resaltar que la ley 5128 “de distribución secundaria de regalías mineras fue una herramienta de reivindicación de federalismo para los pueblos del oeste, porque son estos los pueblos que estuvieron relacionados a la explotación de sus recursos no renovables”.


El jefe comunal sostuvo que la derogación hace “perder la autonomía de los Municipios en cuanto a decidir qué hacer con sus recursos”. Mencionó que, hasta donde conocía, la próxima semana “se trataría el nuevo proyecto de ley”. Sobre esa iniciativa, evaluó que “si bien habla de porcentajes que van a recibir los municipios no dice de cómo van a ser administrados”.
Según indicó Córdoba, el proyecto “no deja en claro las garantías para nuestro municipio”. Es que “se dice que el departamento beneficiario de algún proyecto minero tendrá el 25% si es el único sitio donde se radique el yacimiento pero no dice en qué forma lo administrará el Municipio”.


Además, consideró que “es un error que pase a manos de la caja de la Provincia porque se pierde la autonomía del Municipio a la hora de administrar esos fondos”.


Así las cosas, mencionó que “estamos trabajando sobre una propuesta que dé garantías al Municipio. Entendemos que el Municipio debe ser parte de la decisión y tiene que tomar la decisión de cómo administrar esos recursos”. 

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Comentarios

22/5/2020 | 11:42
#149006
se sabe, aunque no cito fuente, QUE DEBEN UTILIZARSE PARA CREAR FUENTES DE TRABAJO Y OBRAS PÚBLICAS QUE GENEREN INGRESOS PERMANENTES PARA LA LOCALIDAD, PROVINCIA O NACIÓN DE DÓNDE SEAN EXTRAÍDOS. El Ejemplo claro es DUBAI: Los ingresos generados por la exportación del petróleo le permitieron al Gobierno de Dubái invertir en varios proyectos de infraestructura que incluyeron edificios, autopistas y oleoductos. la ciudad portuaria de Jebel Ali, considerada como el «puerto artificial más grande del mundo» y para crear islas artificiales de arena (las Palmeras) vender esas propiedades, aumentar la zona de playas en 320 km . Originalmente DUBAI tenía 64 km de playas utilizables. ¿ENTIENDEN PARA QUE SIRVEN LOS RECURSOS NATURALES?
22/5/2020 | 11:26
#149005
ARTICULO 5.- Los recursos especificados y distribuidos conforme a los artículos 1, 2 inciso b), 4 y 7 de la presente ley ingresarán automáticamente en una cuenta especial a la orden y bajo la administración del municipio respectivo y se aplicarán única y exclusivamente a financiar obras de infraestructura para el desarrollo económico y capacitación para actividades productivas. Se prohíbe a los municipios financiar con ellos gastos corrientes, otorgar créditos o garantizar los mismos, siendo responsables y pasibles de las sanciones administrativas, civiles y penales correspondientes los funcionarios que autoricen...etc 90% LOS PAGABAN COMO BECAS GRACIABLES O GRACIOSAS.
22/5/2020 | 10:57
#149004
El articulo de la Constitución Nacional atribuye la pertenencia de los recursos naturales a la Provincia donde se encuentren. La Constitución Provincial habla de participación en los recursos ( no vegetales) al departamento donde se encuentren estos, la asignación de su magnitud debe ser hecha por ley y su cuantía esta al arbitrio de los legisladores. Nada dice ni lo da a entender que los municipios administraran esos recursos o participaran en su determinación.

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