Bajada local: proponen reglamentar el teletrabajo en los tres poderes

lunes, 29 de junio de 2020 00:51
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Mientras avanza en el Congreso de la Nación la regulación del teletrabajo, en el plano local presentaron un proyecto en el mismo sentido. La iniciativa, impulsada por la presidenta de la cámara baja, Cecilia Guerrero, sugiere la aplicación de una modalidad optativa y alternativa de prestación de servicios en el Estado, al trabajo a distancia regulando sus condiciones, deberes y derechos de modo general para los empleados de los tres poderes.


El proyecto presentado por la legisladora contempla  la decisión “voluntaria” del empleado público, la cual estará supeditada a la naturaleza de las funciones que presta en el Estado y le “permita optar por esta modalidad laboral”. Incluye los conceptos de “la igualdad de trato y de derechos, para garantizar que el teletrabajo no sea utilizado para afectar o disminuir la remuneración del trabajador, su acceso a la carrera administrativa, o el ascenso en los distintos niveles escalafonarios”.


A la vez, establece el principio de reversabilidad para posibilitar al trabajador el retorno a la modalidad presencial.
En la iniciativa, Guerrero contempla dos causales especiales de parte de los empleados públicos para optar por la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo. Estos son: por nacimiento o adopción de hijo o hija, que podrá utilizarse por el plazo de doce meses a partir del vencimiento de la licencia; y por atención de familiar con enfermedad prolongada.


Además, la iniciativa prevé establecer un período de prueba dentro del cual, los titulares del Poder Ejecutivo, de la Corte de Justicia y de cada una de las Cámaras del Legislativo, “implementen el trabajo a distancia o teletrabajo en algunos organismos, de manera de evaluar durante dicho tiempo, los resultados obtenidos mediante la aplicación de esta modalidad laboral, teniendo en cuenta los criterios de eficiencia, productividad y cumplimiento de las metas propuestas”.


En tanto, el proyecto indica una serie de prohibiciones para la aplicación del teletrabajo, como ser, “retardar, dilatar o impedir el ascenso en la carrera administrativa del escalafón al que pertenezca el trabajador”. 

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