Justicia “a la catamarqueña”

La contadora Susana de la Colina lleva 16 años procesada por la causa Megafraude

miércoles, 13 de octubre de 2021 00:13
miércoles, 13 de octubre de 2021 00:13

Son varias las causas -en su inmensa mayoría asociadas a la política o al lobby-que duermen el “sueño de los justos” en los tribunales catamarqueños.

Una de ellas tiene como protagonista a la CPN Susana Beatriz de la Colina (foto), una empleada de la Tesorería de la provincia que habilitó los pagos a quienes, supuestamente, habían dictado cursos a empleados durante el gobierno de Brizuela del Moral por una erogación de $5.000.000, a valores del año 2004. ¡Una fortuna!

Fue el escándalo mayor de la época, en el arranque del gobierno de Brizuela, y le costó el puesto a los funcionarios de Desarrollo Social, Jorge Pablo Molas y Ariel Regina, amén de la imputación a una decena de empleados que habrían cometido un fraude a la administración, entre los cuales se encuentra Susana de la Colina. 

 

Documentos adulterados

Si bien es cierto que los hechos ocurrieron entre abril y mayo de 2004, con el patrocinio del abogado Jorge Díaz Marínez, la contadora de la Colina recién declaró el 24 de octubre de 2006, dos años después.

Durante la indagatoria ante la fiscal Patricia Olmi, quien entonces era funcionaria de rango menor y empleada de la carrera fue terminante: “al momento de mi intervención en las actuaciones de pago a las fundaciones –fueron creada al solo efecto de los cursos por Carlos Arriazu y Hugo Diamante- cumplían con los requisitos legales…niego rotundamente haber participado o facilitado las maniobras delictivas y haber tenido conocimiento de irregularidad alguna en el dictado de los cursos de capacitación o en el otorgamiento del subsidio…mi actuación se ajustó a la normativa vigente…las actuaciones de pago cumplían con los requisitos formales”.

Las actuaciones que le pusieron a la vista a posteriori demandaron el reclamo de la contadora. Señaló que no eran las mismas (actuaciones) al momento de su intervención. Más claro: para ella habían sido adulteradas. Eso quedó comprobado por pericias y lo burdo de las maniobras. Las omisiones y correcciones eran demasiado groseras. También la adulteración se habría producido fuera de los circuitos administrativos y de la propia Justicia.

 

El procesamiento

Según la defensa, el procesamiento dictado por la exfiscal Patricia Olmi (más tarde camarista) fue ilógico. Consideró que las declaraciones de la contadora “eran inverosímiles”  porque los imputados Arrizú y Diamante reconocieron la documental como la que habían presentado y que provenía de Fiscalía de Estado por lo que, según su criterio, debían tenerse como verdaderas.

Añadió  Olmi no explicarse por qué hubo adulteraciones si al momento del pago las órdenes de pago estaban regulares. 

¿Cómo es posible que un funcionario judicial afirme que un documento nulo, por adulteración, purgue ese defecto por haber sido remitido por un organismo público? ¿O por qué Arrizu y Diamante los reconocieran como auténticos?, agrega la defensa.

Esto último, claramente, es lo que se debió investigar y no se hizo. Por ello la contadora de la Colina está procesada de hace 16 años, con los perjuicios que ello ocasiona.

Para agravar la morosidad injustificada de la Justicia, hay que decir que las pericias favorecen a la exfuncionaria, que volvió a su puesto de planta por lo que tiene todo el derecho a exigir la prescripción de la causa. La primera de esas pericias la hizo el contador Daniel Vega. Concluyó que los expedientes fueron sustraídos de la Tesorería luego de su pago y reaparecieron adulterados. Ante eso, la propia Cámara pidió otra pericia, realizada por la CPN Laura de Keseru, con el contralor del CPN Carlos Boggio. Igual resultado: lo expedientes salieron al exterior y volvieron adulterados. Hubo una tercera pericia realizada ante la Corte, a cargo de la CPN Patricia Cecconello y sus conclusiones fueron más detalladas y concluyentes.

En base a semejante cantidad de evidencias se planteó la nulidad para derribar la hipótesis que de la Colina facilitó la comisión del fraude. No fue aceptada con el argumento que antes el doctor García –defensor de Arriazu- pidió lo mismo y hubo rechazo.
Como para decir “si se actuó mala la primera vez, hay que seguir haciéndolo”.

 

El plazo razonable

Con la coincidencia notable de las pericias –tres en total, cada cual más contundente- se pidió la nulidad absoluta de la causa y de no aceptarse, el abogado Jorge Díaz Martínez se remite a la violación del plazo razonable en el que una persona debe a ser juzgada. Aclara que si antes fue rechazado el plazo de marras, desde entonces han transcurrido más de dos años y cuatro meses, plazo que justifica reconsiderar el tema.

También vale considerar que esta causa fue programada y suspendida varias veces, lo que valdrá un comentario aparte de este diario, por lo que resulta procedente que no existe margen para intentar alegar “complejidad de la causa”, “chicanas de los abogados defensores” o la aparición de la pandemia.

En síntesis. El único sector no mediático de esta causa que se remonta a 17 años atrás pidió la nulidad y, de no aceptarse, la prescripción lisa y llana. Cualquiera de las alternativas sería un acto de justicia. ¿O una persona puede permanecer inhibida civilmente 16 años por algo que no ideó y en la que solo participó por razones funcionales que hacían a su trabajo? 
 

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Comentarios

13/10/2021 | 07:42
#149006
Conozco la honestidad de la contadora que se vio envuelta en algo que nada tiene que ver. Vayan a ver adonde vive, anda en colectivo, ni siquiera tiene vehículo propio, si hubiese robado algo en 16 años ya se habría visto. Incluso sus familiares viven en condiciones muy humildes. Busquen al pez gordo de esta cuestión y DEJEN DE ENSUCIAR GENTE HONESTA. ¡DIOS HARÁ JUSTICIA!

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