Cusumano insiste judicialmente con la banca que ocupará Marcolli

sábado, 16 de octubre de 2021 01:29
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A poco de llevarse a cabo la renovación para la cámara baja del Congreso de la Nación, el dirigente Gustavo Cusumano insiste judicialmente con suplir la banca, que por fallecimiento de Eduardo Brizuela del Moral está disponible y que debería asumir por un escueto tiempo Julieta Marcolli. 


Sucede que el dirigente macrista en dos oportunidades solicitó una medida de amparo ante la justicia. Ambos pedidos fueron rechazados y ahora Cusumano apela nuevamente la sentencia que indica la suplencia en la banca que dejó Brizuela del Moral en Diputados de la Nación.


En la presentación judicial, el dirigente recuerda que la ley 27412 (de paridad de género en ámbitos de representación política) fue sancionada en noviembre del 2017 y que dentro de la misma no se específica el comienzo de aplicación. En otras palabras, esgrime que no existía una situación jurídica anterior a la ley de paridad. 


Además considera que “no puede sostenerse que con la aplicación del artículo tercero de la ley de paridad, se cercenaría el derecho a la primer suplente (Marcolli) en virtud que solo tenía una expectativa y consecuentemente, jamás podría haber lesión de un derecho adquirido”. 


De esta forma, sostiene que “la única lesión al derecho adquirido, se vislumbra en los candidatos a diputados del mismo sexo que siguen en la lista del diputado renunciante, si aplicamos a tal situación jurídica una ley derogada, como es la ley de cupo femenino y es justamente esta solución que ha adoptado el juez en la sentencia cuya apelación fundo”.
Cusumano en la apelación remarca que hubo una errónea interpretación en el espíritu de la ley de paridad. “Con la aplicación de la ley 27414 se estaría empleando la normativa vigente ante una situación que nos ocupa (fallecimiento de un diputado), normas que todos los ciudadanos debemos acatar, porque fueron los legisladores que plasmaron en la letra de la ley la voluntad del pueblo” dice el escrito.


De esta forma, apela a la terminología para indicar que “además la ley de `paridad´ viene a ofrecer la misma oportunidad el acceso a cargos públicos a varones y mujeres en `igual medida´, no está privilegiando a las mujeres por ser tales ni desmereciendo a los varones por ser tales, dicha interpretación atenta contra el derecho constitucional de igualdad”. Con ello, refuta desde su perspectiva el fallo de la justicia.
 

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