“Una aclaración a la desinformación”

martes, 9 de febrero de 2021 01:21
martes, 9 de febrero de 2021 01:21

En el Secretario del día de la fecha -por ayer-, se analizó sobre los efectos del fallo de la Corte de Justicia donde ordena devolver el cargo de Director del ENRE. En ningún lado dice que tenga que cobrar dos sueldos.  


Quizás para responder con certeza a trascendidos que, sin responsabilidad, se difunden con objetivos claros, sea necesario remontarse a derechos básicos de raigambre constitucional y en función de ello, a valores ciudadanos, que perecen ante la relevante función pública que poseen por ejemplo los medios de comunicación, como es, informar con la verdad a la ciudadanía. 
He reclamado judicialmente lo que me han negado por ser RADICAL y han concedido a decenas de ciudadanos empleados del Estado provincial y elegidos por el pueblo para representarlo por mandato constitucional. No requiere de demasiada extensión por su claridad y puntualidad, se remite al artículo 107 de la Constitución Provincial que sin medias tintas puntualiza que “…Los agentes de la administración provincial o municipal que resulten electos legisladores titulares quedan automáticamente comprendidos por una licencia especial sin goce de sueldo por el tiempo que duren sus funciones. Como indica el citado artículo, la licencia es constitucional y sin dos “suculentos sueldos”. Quizás lo que se está cuestionando es la existencia y funcionamiento de organismos como el EN.RE., pero requieren de chivos expiatorios para hacer pública la condena, cuando detrás va el vaciamiento y la manipulación. 


Si lo que incomoda a los mentores de esta difamación, es que haya legisladores con licencia por cargo electivo, podrían investigar si existieron o existen más casos, gran sorpresa se van a llevar. Algunas de candente actualidad.

Luis Lobo Vergara
Diputado   
 

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Comentarios

9/2/2021 | 19:21
#149006
El Directorio del ENRE es colocado y removido por el Ejecutivo. Y ninguno de los miembros es empleado del Estado, o sea no son empleados de planta. No le corresponde Licencia, como el clama, sino que para que el organismo continue su funcionamiento (sirva o no), se debe llenar la vacante producida con otra persona. ¿O va a estar cuatro, ocho, doce años sin cubrir el puesto, porque el señor no quiere trabajar?
9/2/2021 | 16:02
#149005
BUENO, LO PRIMERO QUE TENGO QUE DECIR ES QUE EL ENRE NO DEFIENDE A LOS USUARIOS, SOLO DEFIENDE LOS INTERESES PERSONALES DE QUIENES LO DIRIGEN. LOS FUINCIONARIOS NO SON EMPLEADOS PUBLICOS Y CUANDO DEJAN LA POLTRONA PARA IR A OTRA POLTRONA MAS COMODO, DEBEN RENUNCIAR , ES UN VERSO ESO DE LA LICENCIA POR CARGOS ELECTIVOS, ESO SE APLICA PARA LOS EMPLEADOS QUE SE RIGEN POR EL ESTATUTO DEL EMPLEADO PUBLICO, LOS FUNCIONARIOS NO SON EMPLEADOS PARA GOZAR DE ESA FRANQUICIA, ASI QUE A CAMINAR LA CALLE COMO CUALQUIER CIUDADANO COMUN, A LABURAR SE DIJO, NADA DE RECURSOS Y LLANTOS A TRABAJAR!!!!!!
9/2/2021 | 11:07
#149004
¿PARA QUÉ SIRVE EL ENRE SI NO CONCURSARON IDÓNEOS EN SERVICIOS PÚBLICOS? ARTICULO 179.- Los consumidores y los usuarios estarán representados, respectivamente, en las Comisiones o Juntas de Abastecimiento que se organizarán de acuerdo a la ley para la fijación de los precios de artículos de primera necesidad y de las tasas o tarifas a los servicios públicos, que se organizarán de acuerdo a la ley con esos fines. El E.N.R.E. es una cucha, CURRO O NICHO, inventada por los radicales PARA SUS AMIGOTES...
9/2/2021 | 11:05
#149003
ARTICULO 178.- Cuando los servicios públicos provinciales fueran prestados por medio de concesiones, el contrato respectivo deberá contener, bajo pena de nulidad absoluta, sendas cláusulas sobre: 1º) La forma como se establecerán las tarifas. 2º) La participación de los usuarios en su fijación. 3º) La obligación de incorporar los progresos técnicos a la explotación del servicio a medida que se produzcan. 4º) El control permanente de la autoridad y de los usuarios sobre la forma como se preste el servicio y 5º) La participación del personal en el producido de la explotación. ESO SUPLANTA AL ENRE CON TODA SEGURIDAD...
9/2/2021 | 11:00
#149002
Veamos lo que dice la Constitución de Catamarca: ARTÍCULO 164.- La administración pública provincial se organizará de acuerdo al sistema del mérito, a los métodos de la racionalización administrativa y a la mecanización, en cuanto fuere posible. RACIONALIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y A LA MECANIZACIÓN. Además: ARTICULO 166.- Todos los empleados públicos para los cuales esta Constitución no establezca la elección o una forma especial de designación, serán cubiertos por concursos de antecedentes y oposiciones, organizados por ley y con las excepciones que ésta establezca, de tal modo que aseguren la idoneidad de los agentes. DOS ABOGADOS EN EL ENRE...¿y los informes técnicos que el DIPUTADO MONTI pide para la compra del LEAR JET75 no corre para la electricidad?
9/2/2021 | 09:35
#149001
Desde cuándo el Director del ENRE es un empleado ciudadano del Estado provincial o agente de la administración provincial? Falta que pida Stop Debit y bolsón... La naturaleza jurídica del cargo y la función es totalmente distinta a la de cualquier empleado público. Pedir licencia como director del ENRE para irse de diputado es, al menos, reprochable desde la política e indefendible desde el derecho, más allá de lo que diga el Dr Cáceres. Y hacer exhibición obscena de tal triunfo, una torpeza.
9/2/2021 | 09:08
#149000
Es cuando se mofan de la gente sabiendo que solo se acomodaron en un cargo por su partido y no por sus conocimientos. Le corresponde .. si. Pero es tan inmoral, para un demócrata, como una elección a dedo.

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