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El Gobernador dispuso el receso invernal para la Administración Pública
Aclaran que los agentes que “no gocen de la misma, perderán el beneficio”.El Poder Ejecutivo estableció la "Feria Invernal" para todo el sector de la Administración Pública Provincial en dos periodos de cinco días hábiles para cada uno.
El Decreto 1319 establece que el primer periodo comienza el 12 hasta el 16 de julio y el segundo del 19 al 23 de julio del corriente año.
De estas manera, los "directores y responsables de las distintas reparticiones, dispondrán ad referéndum del Ministro, Secretario, Subsecretario del área que corresponda, lo pertinente para que el personal a su cargo, se distribuido en uno de los turnos, y en proporcional al número de ellos, para mantener el número de ellos, la continuidad y la eficiencia del servicio".
También aclara, que en ningún caso la feria o licencia de invierno, será “compensada con dinero, o podrá tomarse en otra época del año”, por lo tanto, el agente que “no goce de la misma, perderá el beneficio”.
El instrumento oficial recuerda “que para gozar de este beneficio, los agentes públicos deben acreditar una antigüedad mínima de seis meses, en el periodo anterior a la fecha, a partir de la cual harán uso de la misma, y además una efectiva prestación de servicios de cuatro meses durante el año en curso”.
Finalmente, en el artículo 5 del instrumento oficial, invita a adherir a estos plazos a los poderes Legislativos, Judicial, organismos descentralizados y a las municipalidades.