Críticas de Adriana Díaz
Sobre el veto a la modificación de la Ley orgánica municipal también se expresó Adriana Díaz.
Para la legisladora, “la norma sancionada bajo el número 5.702 proponía la modificación del Artículo 60 de la Ley Orgánica Municipal y Régimen Comunal. En ella, se incorporaba la destitución o suspensión del Intendente o miembro del Concejo Deliberante ‘si fuese condenado penalmente por delito doloso, hasta tanto se resuelva en sentencia definitiva’ y también ‘por desorden de conducta en ejercicio de sus funciones y/o inhabilidad tísica o moral grave sobreviniente’”.
Por ello apuntó que “sigo considerando que cuando un funcionario público es procesado, corresponde el apartamiento de las funciones hasta tanto se resuelva. Y, si es condenado, su inmediata destitución. De esta manera, se contempla la dimensión ética, y también la dimensión de desigualdad que de hecho se genera ante la ley, sobre todo si se tiene en cuenta que para un cargo de docente, por ejemplo se precisa un certificado de antecedentes limpio. Desde el Estado se debe dar estos pasos. Si bien la igualdad ante la Ley es un Derecho Humano, estar en lugar de ejercicio de poder suprime esta igualdad. de hecho”.