Por la ordenanza de los 10 años de antigüedad

La Capital reglamentó cómo será el procedimiento para la planta permanente

En febrero se publicará una primera lista de beneficiarios. Becados y contratados podrán pedir su inclusión.
jueves, 20 de enero de 2022 01:40
jueves, 20 de enero de 2022 01:40

El municipio capitalino que conduce Gustavo Saadi avanzó con la reglamentación de la ordenanza aprobada a finales del año pasado y por la cual se dispone el pase a planta permanente de las y los trabajadores becados con 10 años de antigüedad prestando servicios para la comuna o el Concejo Deliberante. En este sentido, habrá un periodo temporal para que las personas puedan renunciar voluntariamente a la estabilidad laboral o solicitar la incorporación en caso de no figurar en el listado de futuros beneficiarios.

La normativa municipal aprobada estableció dentro de su articulado que se debía reglamentar los requisitos necesarios para el procedimiento de pase a planta permanente y con ello iniciar el trámite. En este orden de ideas, tanto la Dirección de Programas e Inclusión como la Dirección de Recursos Humanos de la Capital dispusieron una serie de condiciones generales por parte de los beneficiarios.

En líneas generales, recuerdan que el pase a planta permanente será en virtud de las vacantes disponibles conforme el Artículo 126 de la Carta Orgánica Municipal. Esto es que los recursos no deben superar el 65% de los fondos previstos en el presupuesto. Aparte, rescatan que los 10 años de antigüedad de prestación deben ser continuos e ininterrumpidos, computables al 31 de diciembre de cada año.

También aclaran que el ingreso al escalafón se dispondrá en la categoría que corresponda “según el agrupamiento, nivel de título que posea el beneficiario y previa acreditación de los requisitos exigidos por el Estatuto de Obreros y Empleados Municipales”.
En tanto, el instrumento de reglamentación que lleva la firma de Daiana Cippitelli (Programa de Inclusión) y de Sergio Gallo (Recursos Humanos), aclara que la nueva condición de revista de los y las trabajadoras “se hará efectiva a partir de la fecha de emisión del acto administrativo que ordene  el pase a planta permanente”, siempre que haya cumplido con todas las instancias previas.

Así, en febrero de cada año, la Dirección de Programas de Inclusión deberá publicar en un diario y en la página web del Municipio una nómina inicial de aspirantes a la estabilidad laboral. En esa lista deberán figurar beneficiarios de los programas de inclusión o personal bajo la modalidad laboral de contratos de obra. Una vez publicada la nómina, se abrirá el proceso de observaciones hasta el 31 de marzo. 

Durante ese lapso, los becados o los contratos de obra que figuren y decidan no optar por el pase a planta deberán manifestar su voluntad mediante una declaración jurada. “La renuncia a la obtención del beneficio podrá presentarse en cualquier momento desde la fecha de publicación de la nómina hasta el 31 de marzo”, acota la reglamentación.

Aparte, se da la posibilidad a los becados o contratados que no se encuentren en la lista de acreditar el cumplimiento a las exigencias para contar con la planta. Para ello se abre una etapa de recepción de documentación -desde la publicación de la nómina hasta el 1 de marzo- donde podrán presentar los papeles “que a criterio resulte suficiente a los fines de acreditar que cumplen con las exigencias normativas”. Después de ello, el Municipio tendrá desde el 2 hasta el 31 de marzo para analizar la documentación y expedirse sobre la aceptación o rechazo a la inclusión dentro de la lista. 

Habrá una segunda publicación de la nómina para avanzar a la etapa de verificación de antecedentes y formación académica de las personas que busquen la estabilidad. El proceso terminará finalizada esta etapa y con la determinación del número de pases a planta.

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