Impacto en primeras líneas del Gobierno
El 8,6% del aumento salarial por inflación llevó el sueldo de funcionarios a $343 mil
Además, y con base en la aplicación del acuerdo con los gremios, el tope salarial subió hasta los $423.273.En el último Boletín Oficial se publicó el nuevo escalafón salarial con base en el acuerdo del Gobierno con los sindicatos representantes de las y los trabajadores estatales para aplicar una actualización bimestral de los haberes con base en la evolución de la inflación.
El aumento -impactó con un 8,6 por ciento, ya fue liquidado y con ello se llega al 13,5% para el primer trimestre- implica que un funcionario de primera línea perciba un haber de $343.412.
Sucede que el efecto de ese acuerdo entre el Gobierno y los gremios en beneficio de las y los agentes vinculados al Ejecutivo -el Poder Judicial, por ejemplo, va por otra senda- mueve el tope salarial y a la vez impacta en el salario de funcionarios y funcionarias. Así, el primer cambio es el tope salarial que hasta marzo se había fijado en $389.755 (el salario del Gobernador) y ahora la remuneración total por todo concepto no puede superar los $423.273.
Ahora bien, partir de allí un funcionario de primera línea, es decir un ministro o ministra, pasó de percibir un sueldo de $316.217 (de acuerdo al escalafón publicado en febrero de este año) a uno de 343.412 pesos. Esta última cifra también representa lo que pasaron a percibir vocales del Ente Regulador de Servicios Públicos (ENRE), el fiscal de Estado y el asesor general de Gobierno.
Desde otra perspectiva: los 16 ministerios del Ejecutivo implican para la provincia una erogación mensual cercana a los cinco millones y medio (alrededor de $5.494.592) para el pago de haberes de las y los titulares de las diversas carteras.
¿Cómo se compone el salario de funcionarios de primera línea? Cada ministro o ministra comenzó a percibir por la asignación al cargo unos $135.201. A esta base se le suman otros $28.692 como “adicional de tareas de Gobierno”, más otros $82.248 como “adicional por responsabilidad en el cargo y tareas específicas”. En negro se le añaden otros $25.408 de ayuda a la canasta más otros $71.863 de “adicional no remunerativo y no bonificable”.
En el caso de un asesor con índice 2,10 (un ministro tiene 2,15), donde solo se cuentan cuatro de los cinco ítems que componen el salario de un funcionario de primera línea, pasó a cobrar $255.089. De ser designado asesor con un índice 1.80, el salario parte en los $218.649. Si la persona en cuestión es secretario en algún ministerio, se tienen en cuenta los cinco ítems salariales y con ello pasó a cobrar unos $287.507. Si fuese una o un director provincial, con el decreto firmado se asegura un salario de $215.629.
“Las reuniones mantenidas entre representantes del Ejecutivo y de las organizaciones gremiales reflejaron claramente la voluntad negociadora de las partes en pos de mantener niveles remunerativos acordes a la realidad que vive nuestro recurso humano en concordancia con las efectivas disponibilidades financieras del Tesoro Provincial”, reseña el decreto con el nuevo escalafón salarial.
En esta línea, remarca que “es intención del Gobierno afectar en la menor medida posible el salario de su recurso humano, a fin de mantener la equidad en el poder adquisitivo de la canasta familiar”.
El instrumento también hace hincapié en que “es política del Gobierno lograr una actualización salarial acorde a la evolución del nivel general de precios, el cual, de no ser tomado en cuenta, producirá un daño en las remuneraciones que perciben los empleados y las empleadas de la Administración Pública Provincial inmersos en el contexto inflacionario del país”.
En este contexto, el decreto hace una salvedad legal. Explica que a fin “de propiciar la eficiencia en los procedimientos y reducir los tiempos en la toma de decisiones respecto a los reajustes salariales bimestrales, resulta oportuno y conveniente delegar dicha facultad en el Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos”, con lo cual aplica “únicamente al reajuste que se debe efectuar, no a la fijación de la política salarial”.n