Multarán con más de $700.000 a las empresas de colectivos si no exhiben horarios y frecuencias

Además, advierten que las prestadoras del servicio de transporte deberán actualizar la información cuando existan modificaciones.
jueves, 16 de enero de 2025 00:00
jueves, 16 de enero de 2025 00:00

Una de las cuestiones que generan malestar y descontento entre los usuarios del servicio de transporte público de pasajeros en la provincia de Catamarca es el referido a la frecuencia y horarios de los colectivos que llevan a los usuarios a diferentes puntos del Valle Central. 
Ante esta situación, el Ministerio de Integración Regional, Logística y Transporte de la Provincia de Catamarca emitió una resolución en la que fija las nuevas pautas que deberán seguir las empresas de transporte para una mejor prestación del servicio. 
Así, según se publica en el Boletín Oficial, el mencionado ministerio emitió en diciembre del año pasado una resolución en la que establece “la obligatoriedad” para todas las empresas prestatarias del servicio público de transporte urbano de pasajeros “de fijar, en un lugar visible y de fácil acceso para los usuarios dentro de cada unidad afectada al servicio, un cartel con el detalle de los horarios y frecuencias correspondientes a la línea que opera dicha unidad”. 
Asimismo, advierten que en caso de “incumplimiento”, el organismo provincial aplicará multas equivalentes a 750 Boletos Mínimo Urbano (BMU), es decir, que teniendo en cuenta que actualmente el BMU es de 950 pesos, la multa a aplicar ascenderá a los 712.000 pesos.
Además, establecen un plazo de 15 días corridos a partir de la notificación de la presente resolución para que las empresas prestatarias adecuen sus unidades de transporte urbano de pasajeros.
En cuanto al cartel que se establece como obligatorio con los horarios y frecuencias deberá, según la resolución, contar con un diseño amplio, claro y legible para todos los usuarios; incluir el nombre de la empresa prestataria y el número de línea.
También tendrá que especificar, para cada cabecera, las franjas horarias y frecuencias estimadas para días hábiles, sábados, domingos y feriados, en caso de que correspondan. 
Las empresas prestatarias deberán actualizar la información contenida en los carteles, siempre que se produzcan modificaciones en los horarios y frecuencias aprobados por la autoridad competente. 
Finalmente, se precisa que la Dirección Provincial de Control de Calidad y Seguridad del Transporte Urbano e Interurbano realizará inspecciones periódicas para verificar el cumplimiento de la resolución.

Comentarios

16/1/2025 | 13:43
#1
me parece mbien la medida, pero tambien me pareceria muchisimo mas bien al intendente como responsable del estado de las calles en general, de los semejantes quilombos de transito a la hora del ingreso y egreso de los alumnos en las escuelas, esa multas deberian ser el doble, creo que es lo correcto
16/1/2025 | 08:37
#0
me parece perfecto, siempre se terminan las clases y los q seguimos tomando colectivo pasamos a una lotería de horarios para llegar a nuestro trabajo..!! la 25 de agosto aprovecha y fusiona líneas, junta 2 0 3 en una sola y ahorra en móviles y choferes...total, los pasajeros seguimos tomándolos y esperando...esperando...esperando...!! También, si pasa pasa, ya queda fusionada para siempre la linea, x ej la 203 ramal 6-7 o la 203 ramal 5-6 (esta es muy difisil de ver pasar...es como la figu de messi para el album) q ya son 2 en 1...!!