Aumentan el monto de cobertura alimentaria para celíacos

Los celíacos recibirán ahora 240 pesos mensuales para afrontar parte del costo de los productos alimenticios que deben consumir por indicación médica.
viernes, 21 de diciembre de 2012 00:00
viernes, 21 de diciembre de 2012 00:00

A partir de la Resolución 2109/2012 del Ministerio de Salud de la Nación, publicada hoy en el Boletín Oficial, el monto de cobertura alimentaria adicional para celíacos aumentará a 240 pesos. Desde este año, por disposición de la cartera sanitaria nacional, a cargo de Juan Manzur, las obras sociales y prepagas tienen la obligación de brindar cobertura a estos pacientes para que puedan afrontar parte de los costos de los productos alimenticios que consumen por indicación médica.

La celiaquía es una enfermedad crónica provocada por la intolerancia al gluten, que está presente en el trigo, la avena, la cebada y el centeno (T.A.C.C). Se estima, que en Argentina afecta a alrededor de 400 mil pacientes.

Según determina la norma, “las entidades alcanzadas por el Artículo 9º de la Ley Nº 26.588 deberán brindar a cada persona con celiaquía, cobertura en concepto de harinas y premezclas libres de gluten por un monto mensual de $240”; monto que mediante la Resolución Ministerial Nº 407 del 28 de marzo de 2012 había sido fijado en un total de 215 pesos”, debiendo ser actualizado periódicamente.

En el marco de las acciones que el Ministerio de Salud de la Nación lleva adelante para proteger los derechos de las personas celíacas, el martes pasado –durante la última reunión del año del Consejo Federal de Salud (COFESA)-, el ministro Manzur entregó a las 24 jurisdicciones del país equipos para la detección de gluten en los alimentos, que hasta el momento sólo estaban disponibles únicamente en las provincias de Buenos Aires y Santa Fe, además del Instituto Nacional de Alimentos (INAL). De esta manera, se podrá evaluar en forma federal la producción libre de T.A.C.C a fin de garantizar alimentos de calidad que cumplan con la normativa establecida.

La Ley de Celiaquía (26.588) –reglamentada en mayo de 2011 porla Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, a través del Decreto 528/11- obliga a las entidades mencionadas a brindar cobertura a sus afiliados para cubrir el 70 por ciento de la diferencia del costo de harinas y premezclas libres de gluten de aquellas que sí lo poseen.

El mismo decreto dispuso además que el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que depende de la cartera sanitaria, fuera el encargado de establecer las cantidades de harinas y premezclas que deben consumir los celíacos en base a criterios nutricionales. En base a ello se la Dirección de Economía de la Salud (de la cartera sanitaria nacional) elaboró un informe con una estimación de los costos adicionales que deben afrontar las personas con enfermedad celíaca debido a que se enfrentan a alimentos con precios más elevados, con fines de establecer los costos mensuales a cubrir por todas las entidades alcanzadas por la normativa.

La celiaquía es una afección hereditaria y autoinmunitaria que debilita la capacidad del intestino para absorber los nutrientes en forma adecuada, provocando síntomas intestinales, retraso de crecimiento en niños, retraso del desarrollo y de la pubertad y talla baja, entre otras afecciones.

La Ley 26.588 declaró de interés nacional la atención médica de la enfermedad celíaca, al igual que la investigación clínica y epidemiológica; la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad; y la difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten.

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