PAMI Catamarca lanzará la libre elección de médicos de cabecera

Cada médico tendrá un límite de afiliados a cargo, y será quien conozca la historia del paciente.
domingo, 13 de enero de 2013 00:00
domingo, 13 de enero de 2013 00:00

La delegación local del PAMI ultima detalles para aplicar el método “médicos de cabecera”, el cual es operativo en varias provincias desde su lanzamiento en el año 2000, pero en Catamarca no se ha adoptado aún. Será a través de un nuevo convenio que ya confecciona PAMI, que podría ser firmado y lanzado el próximo mes. El plan implica que cuando una persona vaya a la obra social, deberá elegir un médico de cabecera. En PAMI habrá un listado de aquellos médicos -con cupo de atención- cercanos a su domicilio para que se opte por aquel que considere más idóneo.
El delegado de la obra social para jubilados y pensionados (PAMI - Instituto Nacional de Servicios Sociales), Sergio Orellana Barrera, dio a conocer que “para brindar una mejor atención, la mayoría de las provincias en donde está PAMI trabajan con médicos de cabecera, pero nosotros todavía no los tenemos. Por ahora se debe resolver algunos detalles y en poco tiempo vamos a comenzar. Será a través de la firma de un convenio que vamos a renovar con el Círculo Médico”.
Detalló además que “cada médico de cabecera no podrá tener más de 350 afiliados, y será este profesional elegido en principio por la obra social, luego por el afiliado, quien será derivado a los especialistas y así evitarán sacar una orden de consulta. Los afiliados van dejar de realizar tantos pasos para ser asistidos; esto permitirá una organización tanto para el jubilados como para la obra social. En el padrón estarán los médicos que no tuvieron inconvenientes con PAMI ni con los afiliados”.
Actualmente, los médicos prestados en toda la provincia son 400. Sin embargo, ante quejas y denuncias, PAMI había solicitado semanas atrás al Círculo Médico una depuración del padrón de médicos prestadores no hayan respetado el convenio para no tenerlo en cuenta en el nuevo convenio a firmarse. Tampoco se conoció que el nuevo convenio advierte contratación directa ante denuncias o si se impondrán cláusulas sólo para provincia.
Teniendo en cuenta que el nuevo convenio está en confección, según datos del instituto publicado en la web, los afilados que tengan su médico de cabecera tendrán acceso inmediato al primer nivel de atención médica y será él quien, a su vez, lo derivará al centro asistencial que corresponda. Si no estuviera conforme con su médico de cabecera, después de seis meses podrá solicitar el cambio del mismo. Con posterioridad podrá requerirlo nuevamente sólo una vez por año, o bien cuando se hayan constatado causas suficientes que ameriten el cambio fuera de plazo. Para ello, deberá dirigirse al área de Afiliaciones de su Unidad de Gestión Local correspondiente y solicitar que le asignen un nuevo profesional.
Requisitos

* El Médico de Cabecera no podrá, bajo ningún concepto, percibir suma alguna por parte del beneficiario.
* Es esencial que la atención en consultorio esté organizada mediante la fijación de turnos solicitados telefónicamente con anticipación, sin que ello implique que dejen de atenderse los beneficiarios que requieran atención para ese día con motivos de urgencia (se deberá reservar el 10% de los turnos). El otorgamiento de dichos turnos no podrá tener una demora mayor a 72 horas.
*Para aquellos afiliados que no puedan concurrir al consultorio por dificultades motrices, las visitas se programarán dentro de las 24-48 hs. a partir de la solicitud, de lunes a viernes, en horario a acordar entre médico y paciente. La atención a domicilio debe realizarse en horarios que no se superpongan con los de atención en consultorio.
*El Médico de Cabecera tiene la facultad de solicitar (sin delegar ni consultar) al Médico especialista los análisis de laboratorio de rutina y estudios de diagnóstico por imágenes simples.
*Confeccionar y resguardar la historia clínica única, que implica el conocimiento previo del paciente, realizando el examen físico respectivo, completando antecedentes, factores de riesgo, etc., constando todos los diagnósticos de certeza. En todos los casos deberá consignarse la firma y el sello del Médico de Cabecera.

Comentarios

Otras Noticias