Vialidad intimó a la Municipalidad de Chumbicha a que retire el radar de velocidad

La instalación de puestos fijos de control conlleva elaborar la normativa legal que los ampare.
miércoles, 30 de enero de 2013 00:00
miércoles, 30 de enero de 2013 00:00

El 11º Distrito Catamarca de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) informó que procedió a intimar a la Municipalidad de Chumbicha, a cargo del intendente Alfredo Hoffman, para que retire el cinemómetro (radar de velocidad) instalado a la vera de Ruta Nacional Nº 38, en uno de los refugios de pasajeros que el organismo vial construyó a la altura de esa localidad del departamento Capayán.
En la carta documento la DNV recordó al jefe comunal que no autorizó en ningún momento la instalación en zona de camino de puestos fijos o transitorios de control de velocidad con la finalidad de labrar actas de infracción.
A fines del año pasado la Municipalidad de Chumbicha ya había instalado un radar de velocidad en el mismo lugar, pero luego de un diálogo mantenido entre Hoffman y el jefe del 11º Distrito, ingeniero José Marcelo Patria, el jefe comunal decidió retirar el aparato.
Sin embargo, desde hace algunos días, personal de la DNV advirtió que nuevamente se colocó el cinemómetro, por lo que decidió intimar previamente al jefe comunal y, en caso de hacerse caso omiso a la advertencia, avanzar con una denuncia penal ante la Justicia Federal de Catamarca.
Cabe destacar que las autorizaciones por parte de la DNV para la instalación de los radares de velocidad deben cumplir con una serie de premisas, como la ubicación de modo tal que no impliquen la creación de trampas de velocidad y sigan la normativa que el organismo vial posee para las travesías urbanas. Tampoco deben afectar las condiciones de seguridad y transitabilidad de la ruta y, necesariamente, que el equipo cuente con la homologación obligatoria.
Del mismo modo, previo a la extensión de cualquier permiso, se deberá presentar un estudio del nivel de accidentes y de velocidad en el escenario, a fin de que se haga posteriormente una evaluación del programa.
El 11º Distrito ya ha señalado en otras oportunidades que la viabilidad de la instalación de puestos fijos y permanentes de control de velocidad conlleva la necesidad de elaborar la normativa legal que ampare estos controles, ya que los cinemómetros deben encontrarse homologados por la Secretaría de Comercio e Industria de la Nación, conforme a las normas vigentes sobre la materia.
La Ley 25.650 alude a la prohibición del “uso de sistema de radar-foto para el control vehicular en rutas nacionales cuando este no cumpla con la reglamentación metrológica y técnica establecida por la resolución Nº 753-SICYM, es decir que “debe estar homologado y

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